Renovar la TIE son dos trámites: primero renuevas tu autorización en la Oficina de Extranjería (en los dos meses antes de que caduque o hasta tres meses después) y, cuando te la conceden, tienes un mes para pedir la tarjeta nueva en la Policía. La tasa de la tarjeta renovada es de 19,30 € (21,87 € si es de larga duración) y un duplicado por pérdida o robo dura solo lo que le quedaba a la tarjeta anterior.
- Quién
- Residentes con TIE que caduca, que han perdido la tarjeta, se la han robado o se ha estropeado, o cuya situación ha cambiado
- Cuánto cuesta
- Tasa 790 012 de la tarjeta: 19,30 € renovación de residencia temporal; 21,87 € larga duración; 12 € familiar de español. La renovación de la autorización se paga aparte (16,40 € con la 790 052)
- Plazos
- Autorización: 2 meses antes o hasta 3 meses después de caducar. Tarjeta: 1 mes desde que te notifican la concesión
- Dónde
- Autorización: Oficina de Extranjería (en persona o por internet). Tarjeta: comisaría de Policía con cita de toma de huellas
- Duplicado
- Mismo trámite en la Policía con el EX-17; la tarjeta nueva caduca en la misma fecha que la perdida
- Viajar
- Con la TIE caducada o en trámite necesitas una autorización de regreso (10,72 €) para volver a entrar
Qué tienes que hacer
- Mira qué tienes que renovar
La TIE dura lo mismo que tu autorización y caduca con ella. Si tienes residencia temporal (trabajo, no lucrativa, reagrupación, arraigo, familiar de español...), lo que se renueva primero es la autorización, en la Oficina de Extranjería. Si ya eres residente de larga duración, tu autorización no caduca: solo renuevas la tarjeta en la Policía, cada cinco años (cada diez a partir de la segunda renovación si ya tienes 30 años).
- Pide la renovación de la autorización a tiempo
El plazo es de dos meses antes de la fecha de caducidad. Si lo presentas en plazo, tu autorización anterior queda prorrogada hasta que te contesten. También se admite hasta tres meses después de caducar, pero te pueden abrir un expediente por infracción leve (multa de hasta 500 €). Pasados esos tres meses ya no hay renovación y quedarías en situación irregular.
- Presenta la solicitud en Extranjería y paga su tasa
Se presenta en modelo oficial ante la Oficina de Extranjería de tu provincia: por internet con certificado digital en la plataforma Mercurio de la sede de Administraciones Públicas, o en persona. La tasa de renovación de residencia temporal es de 16,40 € (modelo 790 052); si renuevas residencia y trabajo puede sumarse la de la autorización de trabajo renovada (81,54 €), de la que la ley exime en algunos casos a los nacionales iberoamericanos. Guarda el justificante de presentación: junto con tu TIE caducada demuestra que sigues en situación legal.
- Espera la resolución
La renovación de residencia y trabajo por cuenta ajena y la de residencia no lucrativa deben resolverse en tres meses; si pasa ese plazo sin respuesta, se entienden concedidas por silencio positivo. La renovación de residencia y trabajo se concede normalmente por cuatro años y sus efectos empiezan el día siguiente a la caducidad de la anterior.
- Pide la cita de huellas en un mes
Cuando te notifiquen la resolución favorable, tienes un mes para pedir la tarjeta en persona. Busca en la cita previa de extranjería de tu provincia la opción de toma de huellas o expedición de tarjeta. La cita es gratuita.
- Paga la tasa 790 012 de la tarjeta
Rellénala en la sede de la Policía (sede.policia.gob.es/Tasa790_012) y marca la casilla «TIE que documenta la renovación de la autorización de residencia temporal» (19,30 €) o la de larga duración (21,87 €), según tu caso. Págala en el banco o con cargo en cuenta antes de la cita.
- Acude a la cita con el EX-17
Lleva el formulario EX-17 marcando renovación, el pasaporte, la foto, la resolución, el justificante de la tasa y tu TIE anterior. El EX-17 solo se presenta en persona ante la Policía. Te toman las huellas y te entregan un resguardo: no lo pierdas, te lo pedirán para recoger la tarjeta. La tarjeta antigua tienes que entregarla en la comisaría al renovar.
- Recoge la tarjeta nueva
La tarjeta se entrega al titular, que tiene que acreditar que es el destinatario: ve con tu pasaporte y el resguardo. El tiempo de fabricación y la forma de aviso cambian según la provincia (en algunas hay que pedir cita de recogida o consultar listados de lotes), así que pregúntalo el día de las huellas.
- Si la pierdes o te la roban: duplicado
Si te roban la tarjeta, presenta denuncia y guarda la copia. Después pide la misma cita de huellas, rellena el EX-17 marcando duplicado y paga la 790 012. La nueva tarjeta no es una renovación: dura el tiempo que le faltaba a la anterior. Si coincide con tu plazo de renovación, el duplicado y la renovación se tramitan a la vez. El duplicado también se pide si la tarjeta está deteriorada o tiene un error de emisión.
- Si cambian tus datos, comunícalo en un mes
Los cambios de domicilio, nacionalidad o estado civil se comunican en la comisaría de tu lugar de residencia en el plazo de un mes, con los documentos que lo acrediten; no hacerlo es infracción leve. Si cambia tu situación legal o laboral (por ejemplo, pasas a residencia y trabajo o te conceden una modificación), te corresponde una tarjeta nueva adaptada al cambio.
Lista de documentos
Marca lo que ya tienes para ver qué te falta antes de la cita. Se guarda en este navegador.
Ojo con esto
- No confundas los dos trámites ni las dos tasas: la autorización se renueva en Extranjería con la 790 052 (16,40 €) y la tarjeta se pide en la Policía con la 790 012 (19,30 € en renovación de residencia temporal). Pagar solo una no basta.
- Apunta en el calendario la fecha de caducidad de tu TIE y la de dos meses antes. Renovar en plazo prorroga tu autorización; hacerlo en los tres meses posteriores es posible, pero te pueden multar con hasta 500 €.
- Con la TIE caducada y el justificante de haber pedido la renovación en plazo sigues en situación legal dentro de España: lleva siempre los dos juntos, sobre todo para el trabajo, el banco o el médico.
- El resguardo de huellas y el justificante de renovación no sirven para volver a entrar en España desde fuera: el reglamento solo exime de visado a quien tiene TIE vigente o autorización de regreso. Si tienes que viajar, pide antes una autorización de regreso (formulario EX-13, tasa 10,72 €, válida hasta 90 días y solo para entrar por fronteras españolas).
- Si te roban o pierdes la TIE y tienes que salir del país, también puedes pedir una autorización de regreso, siempre que la tarjeta estuviera en vigor y hayas solicitado ya el duplicado.
- El impreso 790 012 vigente no tiene una casilla propia de duplicado. Antes de pagar, confirma en tu comisaría qué casilla corresponde a tu tarjeta para no pagar dos veces.
- Si eres residente de larga duración y se te pasa el plazo de renovar la tarjeta, no pierdes la residencia, pero el retraso puede sancionarse. Pide la cita cuanto antes.
- Si te deniegan la renovación de la autorización, la resolución indica el recurso y su plazo (normalmente un mes para el recurso de reposición). Busca asesoría gratuita en una ONG o en el colegio de abogados antes de que venza.
- Las citas de huellas y de recogida son gratuitas. Quien te cobre por conseguirte una cita está cometiendo un fraude.
Fuentes oficiales consultadas el 12·10·2026: BOE – Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024), arts. 5, 64, 80, 81, 178, 185, 209 y 213, BOE – Orden PJC/617/2025, importes de las tasas de extranjería, Policía Nacional – Tarjeta inicial o renovación de residencia o residencia y trabajo, Policía Nacional – Tarjeta de residencia de larga duración, Policía Nacional – Autorización de regreso, Policía Nacional – Tasas de trámites de extranjería. Información orientativa: las normas y los importes cambian, comprueba siempre la fuente oficial. No sustituye el asesoramiento de un profesional.
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