Si eres de Colombia, Perú, Venezuela, México, Argentina, Honduras, Nicaragua, Paraguay y casi toda Latinoamérica, entras sin visado y puedes quedarte hasta 90 días en cualquier periodo de 180. Si eres de Bolivia, Cuba, Ecuador, República Dominicana, Haití, Belice, Guyana, Surinam o Jamaica necesitas visado Schengen (tasa de 90 € para adultos). En la frontera te pueden pedir pasaporte válido, billete de vuelta, alojamiento y dinero: en 2026, 122,10 € por persona y día, con un mínimo de 1.098,90 €.
- Quién necesita visado
- Bolivia, Cuba, Ecuador, República Dominicana, Haití, Belice, Guyana, Surinam y Jamaica. El resto de Latinoamérica entra sin visado
- Cuánto tiempo
- Máximo 90 días dentro de cualquier periodo de 180 días, sumando todo el espacio Schengen
- Dinero que te pueden pedir
- 122,10 € por persona y día de estancia, con un mínimo de 1.098,90 € aunque vengas pocos días (2026)
- Pasaporte
- Válido al menos 3 meses después de tu salida prevista y expedido en los últimos 10 años
- Control biométrico
- Sistema de Entradas y Salidas (EES): foto y huellas en frontera, en funcionamiento desde el 12/10/2025
- Trabajar
- No. Entrar como turista no te permite trabajar ni da derecho a residencia
Qué tienes que hacer
- Comprueba si necesitas visado
La lista la fija el Reglamento (UE) 2018/1806. Necesitan visado Schengen para estancias cortas los nacionales de Bolivia, Cuba, Ecuador, República Dominicana, Haití, Belice, Guyana, Surinam y Jamaica. Están exentos, entre otros, Colombia (desde 2015), Perú (desde 2016), Venezuela, México, Argentina, Chile, Uruguay, Paraguay, Brasil, Honduras, Nicaragua, Guatemala, El Salvador, Costa Rica y Panamá. Lo que cuenta es el pasaporte con el que viajas: si tienes doble nacionalidad, entra con el pasaporte exento.
- Si lo necesitas, pide el visado Schengen a tiempo
Se solicita en el consulado de España en tu país de residencia (en muchos países, a través de un centro externo como BLS) entre 6 meses y 15 días antes del viaje. La tasa es de 90 € a partir de 12 años, 45 € de 6 a 11 años y gratis para menores de 6. Necesitas seguro médico de viaje con cobertura mínima de 30.000 € válido en todo Schengen. El plazo legal de decisión es de 15 días naturales, ampliable a 45 si piden más documentos o entrevista.
- Revisa tu pasaporte
Debe seguir siendo válido como mínimo 3 meses después de la fecha en que piensas salir del espacio Schengen y haber sido expedido en los últimos 10 años. Si caduca pronto, renuévalo antes de comprar el vuelo. Las aerolíneas también lo revisan y pueden no dejarte embarcar.
- Compra billete de vuelta o de continuación
Te pueden pedir un billete nominativo de regreso a tu país o de salida hacia otro país fuera de Schengen, con fecha cerrada. La fecha de ese billete es la que usan para calcular cuánto dinero debes llevar y no puede pasar de los 90 días permitidos.
- Ten preparado el alojamiento
Para turismo o visita privada vale la reserva de hotel o alojamiento, la confirmación de un viaje organizado o una carta de invitación oficial de un particular. La carta de invitación la tramita en su comisaría la persona que te invita (española, de la UE o extranjera con residencia legal) y cuesta 75,05 € de solicitud más 6,54 € de expedición (tasa 790 código 012). No es inmediata: pídela con semanas de margen y que te envíen el original. La carta solo prueba el alojamiento; no sustituye el resto de requisitos.
- Calcula y lleva el dinero exigido
En 2026 son 122,10 € por persona y día (10 % del salario mínimo de 1.221 €), con un mínimo de 1.098,90 € por persona aunque vengas pocos días. Ejemplo: 7 días = 1.098,90 € (se aplica el mínimo); 15 días = 1.831,50 €; 30 días = 3.663 €. Se acredita con efectivo, cheques de viaje o certificados, o tarjeta de crédito acompañada del extracto de la cuenta o la libreta bancaria actualizada. Según la norma, no valen cartas del banco ni extractos impresos de Internet.
- Lleva todo en el equipaje de mano
En el control te pueden preguntar el motivo del viaje, dónde vas a dormir, cuánto tiempo te quedas y con qué dinero. Lleva impresos y a mano: pasaporte, visado si aplica, billete de vuelta, reservas o carta de invitación, dinero y justificantes, seguro médico y, si es un viaje por otro motivo, la invitación, inscripción o entradas que lo prueben. Responde con calma y lo mismo que dicen tus papeles.
- Pasa el control biométrico EES
Desde el 12 de octubre de 2025 el Sistema de Entradas y Salidas registra a los viajeros no europeos en cada entrada y salida de Schengen, con despliegue completo previsto para el 10 de abril de 2026. Si no tienes visado te escanean el pasaporte, te hacen una foto y te toman cuatro huellas; si tienes visado, solo pasaporte y foto, porque las huellas ya se tomaron al pedirlo. El registro sustituye al sello del pasaporte y cuenta automáticamente tus días.
- Controla los 90 días y sal a tiempo
El día de entrada y el de salida cuentan como días de estancia. Para saber si puedes entrar, cuenta todos los días que estuviste en cualquier país Schengen en los 180 días anteriores: no pueden pasar de 90. Si te quedas más, pasas a estar en situación irregular, lo que puede suponer multa o expulsión con prohibición de entrada y quedará registrado en el EES.
Lista de documentos
Marca lo que ya tienes para ver qué te falta antes de la cita. Se guarda en este navegador.
Ojo con esto
- Turista no es trabajador. Con la entrada sin visado o con visado Schengen no puedes trabajar, ni con contrato ni «en negro». Si te contratan sin papeles te expones a una sanción y no generas derechos. Para vivir y trabajar legalmente necesitas un visado o autorización de residencia, o acogerte más adelante a vías como el arraigo.
- Si te deniegan la entrada, la Policía debe darte una resolución por escrito con el motivo, los recursos que puedes poner, el plazo y ante quién. Tienes derecho a abogado desde el control, gratuito si no tienes medios, y a intérprete gratuito si no entiendes el idioma. Pídelos expresamente y no firmes nada que no entiendas.
- La denegación de entrada se puede recurrir en alzada en el plazo de 1 mes, también desde tu país a través del consulado de España, pero el recurso no frena el regreso: te devuelven a tu punto de origen lo antes posible y como máximo en 72 horas, normalmente en la misma aerolínea. Te sellan el pasaporte con un sello de entrada tachado con una cruz.
- Visado de tránsito aeroportuario: si eres de Cuba o Haití y solo haces escala en un aeropuerto español rumbo a un país fuera de Schengen, necesitas visado de tránsito aunque no salgas de la zona internacional. Estás exento si tienes visado o residencia válidos de un país de la UE o Schengen, o visado o residencia que permita volver de Estados Unidos, Canadá, Japón, Andorra o San Marino. Compruébalo en el consulado antes de comprar el billete.
- ETIAS todavía no funciona. Será una autorización online para los exentos de visado (Colombia, Perú, Venezuela, México...), pero a 12 de octubre de 2026 no está en marcha y la UE anunciará la fecha oficial con meses de antelación. Ninguna web puede tramitarlo hoy: si alguien te cobra por un «ETIAS» o un «permiso para España», es un engaño.
- La carta de invitación hecha a mano o ante notario no es la oficial. La única válida es la que expide la Policía a petición de quien te invita. Si no la tienes, una reserva de hotel pagada o reembolsable también sirve como prueba de alojamiento.
- No traigas cantidades justas. Si llevas menos dinero del exigido, la Policía puede denegarte la entrada o, excepcionalmente, dejarte entrar por menos días y anotar en tu pasaporte la fecha límite de salida, pidiéndote un billete nuevo con esa fecha.
- Si entras en España por tierra desde otro país Schengen (por ejemplo, en autobús desde Francia o Portugal) y no tienes residencia en España, la normativa te obliga a declarar tu entrada en una comisaría de Policía Nacional en el plazo de 3 días.
- Si una vez aquí necesitas quedarte algo más por un motivo excepcional (enfermedad, accidente, fuerza mayor), puedes pedir antes de que se acaben tus 90 días una prórroga de estancia (formulario EX-29) en extranjería, con seguro médico y medios económicos. No es una vía para quedarte a vivir.
- Los sellos ya no lo dicen todo: con el EES las fronteras saben exactamente cuántos días llevas en Schengen. Haber estado irregular antes o haber sido expulsado puede impedirte volver a entrar en todo el espacio Schengen durante años.
Fuentes oficiales consultadas el 12·10·2026: BOE – Real Decreto 1155/2024, Reglamento de Extranjería (arts. 4 a 15 y 49: requisitos de entrada, denegación y prórroga), BOE – Orden PRE/1282/2007, medios económicos para entrar en España, Policía Nacional – Denegación de entrada en España, Policía Nacional – Autorización de expedición de carta de invitación, Ministerio de Asuntos Exteriores – Visado Schengen (Consulado en Santo Domingo): tasas, seguro y medios 2026, La Moncloa – Interior: puesta en marcha del Sistema de Entradas y Salidas (EES). Información orientativa: las normas y los importes cambian, comprueba siempre la fuente oficial. No sustituye el asesoramiento de un profesional.
Sigue leyendo gratis
Crea tu cuenta en un minuto para leer la guía completa: pasos, papeles y trucos. Te quedas conectado en este móvil.