Si vives en València con residencia legal (en general, después de 1 año y con la renovación pedida), puedes traer a tu pareja, tus hijos y, en algunos casos, a tus padres. Necesitas ingresos del 150 % del IPREM (900 € al mes para 2 personas, 300 € más por cada familiar extra), seguro de enfermedad y el informe de vivienda adecuada del Servicio de Sanidad del Ajuntament (trámite SA.IS.10, tasa de 14,43 €, con inspección de tu casa). La solicitud EX-02 (tasa 10,94 €) se presenta en la Oficina de Extranjería de Motilla del Palancar 23 pidiendo cita por correo a citaextran.valencia@correo.gob.es, o por internet en Mercurio. Extranjería tiene 2 meses para resolver; después tu familiar pide el visado en el consulado y, al llegar, tiene 1 mes para la TIE en la comisaría de Patraix.
- Quién puede reagrupar
- Extranjero no comunitario con 1 año de residencia legal y la renovación ya pedida. Para traer a los padres, residencia de larga duración (o haberla pedido)
- Dinero que debes acreditar (IPREM 600 €)
- 2 personas: 900 €/mes; 3: 1.200 €; 4: 1.500 €; 5: 1.800 €. No cuentan ayudas sociales como el IMV o la Renta Valenciana de Inclusión
- Informe de vivienda en València
- Servicio de Sanidad del Ajuntament, trámite SA.IS.10. Tasa 14,43 € (autoliquidación A205). Info: Amadeu de Savoia 11, patio A, 963 525 478 ext. 2353 y 2373, de 12 a 14 h
- Dónde se presenta
- Oficina de Extranjería, C/ Diputada Clara Campoamor esquina Motilla del Palancar 23 (46019), con cita pedida a citaextran.valencia@correo.gob.es, o en Mercurio con certificado digital o Cl@ve
- Cuánto cuesta
- Tasa 790 código 052 (epígrafe 2.1.2): 10,94 € por familiar. Informe de vivienda: 14,43 €. TIE: 16,08 €. Más la tasa del visado del consulado
- Plazos
- Extranjería: 2 meses (si no contesta, es denegación). Visado: pedirlo en 2 meses, el consulado resuelve en 1 mes, recogerlo en 1 mes y entrar en 1 mes. TIE: 1 mes desde la entrada
- Cómo va Valencia (folleto oct. 2026)
- Citas de reagrupación enviadas a peticiones del 25/09/2026; en Mercurio, grabando solicitudes del 30/09/2026
Qué tienes que hacer
- Comprueba que ya puedes reagrupar
El artículo 68 del Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024) exige haber residido legalmente en España al menos 1 año y haber pedido la autorización para residir otro año más (en la práctica, haber presentado la renovación de tu primera tarjeta). Puedes presentar la reagrupación con la renovación en trámite, pero no te la concederán hasta que esté renovada. Para traer a tus padres o a los de tu pareja necesitas la residencia de larga duración o haberla pedido. Además no puedes tener antecedentes penales en España y, si tienes hijos en edad escolar que ya viven contigo, deben estar escolarizados. Si tu pareja o tu hijo es español, este no es tu trámite: es la residencia de familiar de persona con nacionalidad española, que en Valencia también se pide con cita por correo.
- Haz las cuentas con el IPREM de 2026
Necesitas ingresos fijos y regulares del 150 % del IPREM para ti y un familiar, y un 50 % más por cada miembro adicional. Con el IPREM de 600 € al mes (la misma cifra que usa la Oficina de Extranjería de Valencia en su folleto de octubre de 2026) son 900 € al mes para 2 personas, 1.200 € para 3, 1.500 € para 4 y 1.800 € para 5. Se suman tus ingresos y los de tu cónyuge o pareja y los de tus padres o hijos que vivan contigo y residan legalmente. Se cuentan en bruto con la parte proporcional de las pagas extra; los de autónomos, por su rendimiento neto. No cuentan las ayudas de alquiler o de estudio ni las de asistencia social: la Oficina de Valencia pone como ejemplo el Ingreso Mínimo Vital y la Renta Valenciana de Inclusión. Si reagrupas a hijos menores, la cantidad se puede rebajar por el interés del menor (110 % de la renta garantizada anual del Ingreso Mínimo Vital para 2 miembros, y un 10 % más por cada menor adicional).
- Revisa tu padrón antes de pedir el informe de vivienda
En la ciudad de València el informe de vivienda adecuada lo emite el Servicio de Sanidad del Ajuntament y, según la ficha oficial del trámite, se hace únicamente con los datos del Padrón municipal de esa vivienda en la fecha en que lo pides. Antes de solicitarlo comprueba que en tu casa solo figuran empadronadas las personas que viven de verdad allí y que tú estás empadronado en esa dirección. Si hay antiguos inquilinos que siguen apuntados, pide que los den de baja primero: si el padrón dice que en el piso viven más personas de las que caben, el informe puede salir desfavorable.
- Pide el informe sanitario de vivienda (SA.IS.10)
Se llama «Informe sanitario de reagrupación familiar y otros trámites de extranjería» y valora las condiciones sanitarias y de habitabilidad de la vivienda y si es suficiente para ti y tu familia. Por internet: en sede.valencia.es, trámite SA.IS.10, con certificado digital o Cl@ve; puedes pagar la tasa de 14,43 € dentro del mismo trámite con tarjeta o Bizum. En persona: primero autoliquida la tasa con el modelo A205 y luego entrega el impreso de solicitud, el justificante de pago y los documentos en un registro municipal, por ejemplo la Oficina de Atención Ciudadana de Tabacalera (C/ Amadeu de Savoia 11, de 8.30 a 14 h, cita en valencia.es o en el 010), el Registro General del Ayuntamiento (entrada por C/ Arquebisbe Mayoral 1) o la Junta Municipal de tu distrito. Adjunta tu permiso de residencia en vigor o el resguardo de su solicitud y el contrato de alquiler o la escritura. En el impreso pones la dirección de la vivienda y la lista de familiares que vas a reagrupar, con su fecha de nacimiento y parentesco.
- Deja un teléfono y espera la inspección
Un funcionario visita tu casa antes de emitir el informe. La ficha del trámite avisa de que sin teléfono de contacto no pueden concertar la visita y no se emite ningún informe. Las inspecciones van por riguroso orden de fecha de solicitud y nadie puede adelantarte. Ten el piso visitable: el informe debe recoger quién tiene derecho a usar la vivienda, el número de habitaciones, para qué se usa cada estancia, cuántas personas viven allí y las condiciones de habitabilidad y equipamiento. Si necesitas después una copia del informe, se paga otra vez la tasa. Para dudas, el Servicio de Sanidad atiende en C/ Amadeu de Savoia 11, patio A, planta baja, de lunes a viernes de 12 a 14 h, y en el 963 525 478, extensiones 2353 y 2373.
- Si el informe no llega, guarda la prueba
El Ajuntament pide que solicites el informe con al menos un mes de antelación respecto a tu cita en Extranjería. El Reglamento (artículo 67.2) dice que debe emitirse y notificarse en 1 mes; si no llega a tiempo, puedes demostrar que lo pediste (el justificante de registro) y probar que la vivienda es adecuada con otros documentos que recojan los mismos datos: contrato o escritura, plano o descripción de habitaciones, certificado de empadronamiento colectivo y fotos. El informe o la prueba que lo sustituya no puede tener más de 6 meses cuando presentes la reagrupación, así que no lo pidas con demasiada antelación.
- Reúne el resto de documentos
Tuyos: pasaporte y TIE, contrato y nóminas (o declaración de la renta y trimestrales si eres autónomo), seguro de enfermedad que te cubra a ti y a cada familiar (si trabajas, tu cobertura de la Seguridad Social; para el familiar que no quede cubierto, un seguro privado vigente desde que llegue) y declaración responsable de que no vive contigo en España otro cónyuge o pareja. De tu familiar: copia completa del pasaporte en vigor y los documentos del vínculo (acta de matrimonio, registro de pareja o pruebas de 12 meses de convivencia, actas de nacimiento, custodia o permiso del otro progenitor; para los padres, pruebas de que dependen de ti). Los documentos de Colombia, Venezuela, Perú, Honduras y demás países latinoamericanos deben ir apostillados, o legalizados si el país no está en el Convenio de La Haya, como Cuba.
- Presenta la solicitud: cita por correo o Mercurio
Rellena el EX-02 (uno por cada familiar) y paga la tasa 790 código 052, epígrafe 2.1.2, de 10,94 €. Opción 1, en persona: la Oficina de Extranjería de Valencia da cita presencial para la reagrupación solo por correo electrónico. Envía a citaextran.valencia@correo.gob.es el EX-02 firmado y toda la documentación en PDF, mejor en un solo archivo y bien escaneado. Te llega un acuse automático; el departamento revisa lo que mandas y te envía la cita a ese mismo correo para ir a C/ Diputada Clara Campoamor esquina Motilla del Palancar 23. Si falta algo, te lo piden por correo. Opción 2, por internet: en la plataforma Mercurio (mercurio.delegaciondelgobierno.gob.es) con certificado digital o Cl@ve, sin cita. Ese correo no da información: las dudas van al formulario ExtranjeriaCG (centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/ExtranjeriaCG).
- Sigue el expediente con el folleto mensual
Consulta el estado en infoext2.delegaciondelgobierno.gob.es/infoext2; si sale «No se ha encontrado la información solicitada», tu solicitud aún no está grabada. La Oficina publica cada mes un folleto con sus fechas: en el de octubre de 2026 (datos a 5 de octubre) estaba enviando las citas de reagrupación pedidas el 25 de septiembre, grabando las solicitudes de Mercurio del 30 de septiembre y le quedaba pendiente de revisión algún expediente de reagrupación presentado el 21 de julio. El Reglamento da 2 meses para resolver; si pasan sin respuesta, se entiende denegada. La resolución llega por correo postal y también a la Carpeta Ciudadana; cuenta como notificada la primera fecha en que la abras. Si en 1 mes no te ha llegado, avisa en ExtranjeriaCG con el tipo «Incidencia con mi expediente».
- Tu familiar pide el visado en su país
Desde que te notifican la concesión, tu familiar tiene 2 meses para pedir el visado de residencia por reagrupación familiar en el consulado de España de su país, en persona o con representante. Lleva el pasaporte con al menos 1 año de vigencia, certificado de antecedentes penales de los países donde vivió los últimos 5 años (si es mayor de edad penal), certificado médico, el pago de la tasa del visado y los originales del vínculo familiar. El consulado resuelve en un máximo de 1 mes. Concedido el visado, hay que recogerlo en 1 mes y entrar en España en el plazo máximo de 1 mes: la autorización no empieza a valer hasta que tu familiar entra. Pide la cita consular cuanto antes, porque en algunos consulados de Latinoamérica tardan.
- Al llegar a Valencia: padrón y TIE en 1 mes
Tu familiar tiene 1 mes desde que entra en España para pedir en persona la Tarjeta de Identidad de Extranjero. Si vivís en València ciudad, las tarjetas de no comunitarios se hacen en la Comisaría de Patraix (C/ dels Gremis 6); en el resto de la provincia, en Alzira, Gandia, Ontinyent o Sagunto. La cita es gratis en sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus, provincia Valencia, trámite de toma de huella. Lleva el EX-17, pasaporte con el visado, una foto y la tasa 790 código 012 de 16,08 €. Empadrónalo también en vuestra casa: lo vas a necesitar para la tarjeta SIP, el colegio y la renovación. Tu pareja y tus hijos en edad de trabajar pueden trabajar desde el primer día sin más trámites; los padres reagrupados no.
Lista de documentos
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Ojo con esto
- El orden importa: primero arregla el padrón de tu casa, luego pide el informe de vivienda y, mientras esperas la inspección, junta el resto. Así no mandas el correo de cita con el expediente incompleto.
- La ficha del trámite municipal pide solicitar el informe al menos un mes antes de tu cita en Extranjería, pero en Valencia la cita llega después de enviar los papeles por correo. En la práctica, pídelo en cuanto tengas el padrón bien y adjunta el informe o, si aún no ha llegado, el justificante de haberlo pedido.
- Un piso con habitaciones alquiladas a otras personas o con mucha gente empadronada suele dar un informe desfavorable. El informe no es vinculante, pero si es negativo Extranjería solo se aparta de él si lo justifica.
- No le escribas a citaextran.valencia@correo.gob.es para preguntar dudas ni para pedir la cita de huellas: ese correo solo gestiona citas de la Oficina y no da información. La cita de la TIE es de la Policía.
- No pidas un préstamo ni metas dinero en la cuenta justo antes: se valoran ingresos fijos y el patrimonio se mide por el saldo medio de los últimos 6 meses.
- Si vives fuera de València ciudad (Torrent, Paterna, Mislata, Burjassot...), el informe de vivienda no lo hace el Ajuntament de València: pregunta en los servicios sociales de tu ayuntamiento quién lo emite. La Oficina de Extranjería sí es la misma para toda la provincia.
- Todas las citas son gratis y el informe de vivienda no se puede adelantar pagando: las inspecciones van por orden de llegada. Desconfía de quien te cobre por «agilizar» el informe o la cita.
- Si te nacionalizas español después, tu familiar reagrupado no tiene que cambiar su tarjeta enseguida: según la Oficina de Valencia puede mantenerla hasta que caduque y entonces pasar a la residencia de familiar de español.
Fuentes oficiales consultadas el 30·10·2026: Sede electrónica del Ajuntament de València: Informe sanitario de reagrupación familiar y otros trámites de extranjería (SA.IS.10), Ajuntament de València: impreso de solicitud de informe para la reagrupación familiar (PDF), Ajuntament de València: Ordenanza fiscal de la tasa por prestación de servicios de sanidad (14,43 €), Oficina de Extranjería en Valencia: folleto informativo de octubre de 2026, Delegación del Gobierno en la Comunitat Valenciana: Extranjería (direcciones, horarios y comisarías), BOE: Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024), arts. 38, 40, 66 a 71 y 209, BOE: Orden PJC/617/2025, tasas de extranjería (052 y 012), Plataforma Mercurio para presentar solicitudes de extranjería, Consulta del estado de expedientes de extranjería (infoext2). Información orientativa: las normas y los importes cambian, comprueba siempre la fuente oficial. No sustituye el asesoramiento de un profesional.
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