En la ciudad de València te empadronas con cita previa (web del Ayuntamiento o 010) en la Oficina del Padrón de la plaza del Ayuntamiento, en la OAC Tabacalera o en una junta municipal, o por internet en la sede electrónica si tienes certificado digital. Es gratis y no necesitas papeles: basta tu pasaporte en vigor y el contrato de alquiler (de más de 6 meses y con el último recibo) o la autorización firmada del titular de la vivienda. Si no puedes acreditar la vivienda, existe el empadronamiento de casos especiales, ligado a Servicios Sociales. Si eres no comunitario sin residencia de larga duración, renueva el padrón cada 2 años o te darán de baja.
- Quién
- Toda persona que viva en la ciudad de València, aunque no tenga permiso de residencia
- Cuánto cuesta
- Gratis: todos los trámites de padrón son gratuitos
- Cita previa
- Web del Ayuntamiento (valencia.es, apartado Cita previa, trámite «Padrón municipal») o teléfono 010 (963 100 010 desde fuera de València)
- Oficina principal
- Oficina del Padrón, plaza del Ayuntamiento (entrada por calle Periodista Azzati, 2), de lunes a viernes de 8:30 a 14:00
- Por internet
- Sede electrónica, trámite PA.GP.11, con certificado digital o DNI electrónico; no es automático, lo revisan
- Plazo máximo
- 3 meses para resolver; si no contestan, se entiende concedido si cumples los requisitos
- Renovación
- Cada 2 años si eres extranjero no comunitario sin residencia de larga duración (trámite PA.GP.50)
Qué tienes que hacer
- Comprueba qué trámite te toca
«Alta por cambio de residencia» si llegas de otro municipio o del extranjero; «alta por omisión» si ya vives en València pero no estás empadronado en ningún sitio o no sabes dónde estabas; «cambio de domicilio» si ya estás en el padrón de València y te mudas dentro de la ciudad. Solo puedes empadronarte donde vives de verdad, y no hay límite de personas por vivienda si todas viven allí, aunque el Ayuntamiento puede comprobar los casos con muchas personas empadronadas.
- Prepara tu documento de identidad en vigor
Si eres latinoamericano sin tarjeta de residencia, tu pasaporte; si ya la tienes, la TIE. Tiene que estar en vigor: el Ayuntamiento no admite documentos de extranjeros caducados. Si has pedido asilo, vale el resguardo de la solicitud de protección internacional (a partir de la primera fecha de validez que figura en él) o la «tarjeta roja». Si te han robado el pasaporte, lleva una copia, la denuncia y la solicitud del nuevo documento.
- Reúne la prueba de la vivienda
Si alquilas, el contrato en vigor de la vivienda o de la habitación, firmado por todas las personas que aparecen en él y con una duración de más de 6 meses (los contratos que se renuevan mes a mes no sirven para eso), más el último recibo o transferencia del alquiler de los 2 últimos meses, donde salgan el propietario, el inquilino, el mes y la dirección. El documento debe incluir la referencia catastral de la vivienda; si no la lleva, añade el último recibo del IBI, un informe del Catastro o una nota simple. Si el contrato es de habitación, debe decir cuántas habitaciones tiene el piso y cuál es la tuya.
- Si vives en un piso o habitación sin contrato a tu nombre
Necesitas la «Autorización de inscripción en una vivienda ajena» (impreso de la sede electrónica) firmada por quien tiene el piso, con copia de su documento de identidad. Si quien te autoriza es el inquilino, también tiene que firmar el propietario y aportar su documentación: en València se pide la autorización de ambos. Si hay varios propietarios o varios inquilinos, firma al menos la mayoría. Pide esta autorización por escrito antes de pagar la habitación.
- Pide la cita previa
Entra en valencia.es, apartado Trámites, Cita previa, y elige «Padrón municipal», o llama al 010 (963 100 010 desde fuera de València, gratis desde la ciudad, de lunes a viernes de 8:30 a 18:30 y sábados de 9:00 a 14:00). Es una cita por persona, salvo si vais como unidad familiar. Solo atienden a quien tiene cita. Puedes elegir cualquier oficina de gestión padronal, no hace falta que sea la de tu barrio.
- Elige oficina
Oficina del Padrón (plaza del Ayuntamiento, entrada por Periodista Azzati, 2, tel. 962 081 104); OAC Tabacalera (calle Amadeu de Savoia, 11, nave oeste); y las juntas municipales de Abastos (Alberic, 18), Trànsits (Comte de Lumiares, 5), Marítim (Barraca, 53), Patraix (Beato Nicolás Factor, 1), Exposició (Guàrdia Civil, 19) y Russafa (Maties Perelló, 5), todas de lunes a viernes de 8:30 a 14:00. En los pueblos de València hay oficinas con horario reducido: Pobles del Nord en Carpesa (lunes y miércoles, cita en el 963 013 055), Pobles del Sud en Castellar (martes y jueves) y Benimàmet-Beniferri (cita en el 963 013 436).
- Ve a la cita con los originales
En la oficina se presentan los originales (o fotocopias compulsadas). Los documentos tienen que estar en castellano o valenciano; si no, con traducción jurada. Los documentos públicos extranjeros, salvo los de la UE, tienen que estar legalizados o apostillados, y eso afecta sobre todo a las partidas de nacimiento de tus hijos. No se aceptan papeles con tachaduras ni típex.
- O hazlo por internet si tienes certificado digital
En la sede electrónica (sede.valencia.es), trámite «Altas y cambios de domicilio en el Padrón Municipal» (PA.GP.11), te identificas, rellenas el formulario y adjuntas los documentos escaneados. No es inmediato: revisan la documentación y te pueden pedir más. Puedes seguir el estado en la Carpeta ciudadana de la sede. No presentes la solicitud dos veces: solo vuelve a presentar si te falta un documento.
- Si no puedes acreditar la vivienda: casos especiales
Si no tienes techo, no tienes domicilio fijo o no puedes demostrar que tienes la vivienda donde vives, existe el empadronamiento de «casos especiales» (trámite PA.GP.65), pensado para personas en exclusión social que conoce Servicios Sociales del Ayuntamiento. Se presenta una instancia en el Registro de Entrada con tu documento de identidad en vigor. La Policía Local puede visitar el domicilio para comprobar que vives allí, y si el propietario se opone, te empadronan en el Centro Municipal de Servicios Sociales (CMSS) que te corresponda, en el CAI o en el CAST, dando una dirección para notificaciones. Ojo: este trámite va muy lento. Según datos municipales publicados en agosto de 2026, había casi 6.000 solicitudes sin respuesta. Pide ayuda en tu CMSS o en el CAI y presenta cuanto antes.
- Pide tu certificado de empadronamiento
En València se habla de certificado, no de volante. Hay individual, individual histórico (con la fecha de alta, útil para arraigo), familiar y de «vivienda», que dice cuántas personas viven en el piso y es el que se pide para la reagrupación familiar y la carta de invitación. Con certificado digital lo descargas al momento en la sede electrónica (trámite PA.CE.10). Sin certificado, pídelo por el formulario web del Ayuntamiento o por el 010 y te llega por correo electrónico o postal; tarda unos días porque hacen comprobaciones. También en las oficinas del padrón con cita.
- Renueva cada 2 años
Si eres extranjero no comunitario sin autorización de residencia de larga duración, tu inscripción caduca a los 2 años del alta o de la última renovación, y el Ayuntamiento puede darte de baja sin avisarte antes. Renueva antes de que se cumpla el plazo: en cualquier oficina de gestión padronal con cita y tu pasaporte o permiso de residencia, o por la sede electrónica (trámite PA.GP.50), adjuntando además el contrato y el recibo del alquiler del mes en curso, o la autorización del titular de la vivienda. Si tienes residencia de larga duración o eres familiar de comunitario, en lugar de renovar tienes que confirmar tu residencia cada 5 años si figuras en el Registro Central de Extranjería, o cada 2 si no (trámite PA.GP.52).
Lista de documentos
Marca lo que ya tienes para ver qué te falta antes de la cita. Se guarda en este navegador.
Ojo con esto
- No necesitas papeles para empadronarte: el Ayuntamiento solo comprueba quién eres y dónde vives. El padrón es la prueba de tu tiempo en España para el arraigo, así que empadrónate la primera semana.
- Muchos contratos de habitación en València son de pocos meses o se renuevan mes a mes, y para el padrón piden más de 6 meses. Si tu contrato no llega, pide al titular la autorización de vivienda ajena (firmada también por el propietario si el titular es inquilino).
- Nunca pagues por empadronarte en un piso donde no vives. Es ilegal, la falsedad en los documentos puede ser delito y el Ayuntamiento revisa los pisos con muchos empadronados. Además te puede costar el arraigo.
- Apunta en el calendario la fecha de renovación. Según elDiario.es (agosto de 2026), el Ayuntamiento ha dado de baja a más de 7.000 personas extranjeras por irregularidades o por no hacer los trámites. Si te dan de baja, pierdes la antigüedad que necesitas para el arraigo.
- Para la tarjeta sanitaria sin papeles, la Conselleria de Sanidad pide estar empadronado y acreditar 3 meses de residencia efectiva en España: el certificado de empadronamiento es tu mejor prueba.
- El informe de integración social para el arraigo lo hace el CAI del Ayuntamiento (calle del Pou, s/n) solo a personas empadronadas en València y con padrón histórico: otra razón para no dejar caducar el padrón.
- Si te vas a tu país, pide la baja por escrito en el Registro de Entrada o en la sede electrónica. Si te mudas a Mislata, Burjassot, Paterna u otro municipio del área, empadrónate allí: cada ayuntamiento tiene sus propios requisitos y el alta allí te da de baja en València.
- Las webs municipales salen a menudo en valenciano. Busca el botón «Cas» para verlas en castellano. En la ventanilla puedes hacer todo en castellano.
Fuentes oficiales consultadas el 26·10·2026: Sede electrónica del Ayuntamiento de València: Altas y cambios de domicilio en el Padrón Municipal (PA.GP.11), información actualizada a 14/11/2025, Sede electrónica: Casos especiales de empadronamiento (PA.GP.65), Sede electrónica: Renovaciones de personas extranjeras (PA.GP.50), Sede electrónica: Certificado de empadronamiento (PA.CE.10), Ayuntamiento de València: Preguntas frecuentes sobre el padrón (PDF), Ayuntamiento de València: Solicitud de cita previa, elDiario.es (7/08/2026): el atasco en el empadronamiento especial en València. Información orientativa: las normas y los importes cambian, comprueba siempre la fuente oficial. No sustituye el asesoramiento de un profesional.
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