Cuando muere un familiar en Valencia, el médico firma el certificado de defunción, el Registro Civil inscribe la muerte y da la licencia para enterrar o incinerar, y casi siempre una funeraria hace estos trámites por ti. El Ayuntamiento tiene siete cementerios municipales (General, Cabanyal, Campanar, Grau, Benimàmet, Massarrojos y El Palmar), un crematorio y el Tanatorio Municipal en el Camino Viejo de Picassent. Con la ordenanza fiscal vigente, un nicho sencillo por 5 años cuesta 158,14 € más 101,11 € de inhumación, y una incineración municipal 262,65 €. Si la persona fallecida o su familia no tienen recursos, el entierro benéfico no paga tasas si lo certifican los Servicios Sociales, la Junta Municipal de Distrito o la Policía Local.
- Oficina de Cementerios
- Camino Viejo de Picassent s/n (junto al Tanatorio Municipal), 46017. Tel. 962 082 508 / 962 082 807 / 962 082 808, sercementerios@valencia.es
- Cementerios municipales
- General, Cabanyal, Campanar, Grau, Benimàmet, Massarrojos y El Palmar. Crematorio en el Cementerio General
- Nicho sencillo (tasa vigente)
- 5 años: 158,14 €. 20 años: 607,18 €. 50 años: 950,07 €. Más inhumación: 101,11 €
- Incineración municipal
- 262,65 € por cadáver, más la urna (desde 15,88 €). Columbario 50 años: 236,24 €
- Tanatorio Municipal
- Tanatorio Municipal Ciudad de València, Camino Viejo de Picassent s/n. Tel. 963 587 013. Abierto 24 horas
- Sin recursos
- Inhumación benéfica sin tasas, con certificado de Servicios Sociales (CMSS), Junta Municipal de Distrito o Policía Local
- Buscar a un difunto
- Buscador «Localización de difuntos» en valencia.es/cas/cementerios
Qué tienes que hacer
- Consigue el certificado médico de defunción
Sin certificado médico no se puede inscribir la muerte (artículo 66 de la Ley 20/2011 del Registro Civil). Si la persona muere en un hospital o clínica, es el propio centro el que lo firma y lo envía por vía electrónica al Registro Civil. Si muere en casa, llama a su médico del centro de salud o al 112 para que un médico certifique el fallecimiento. Si la muerte es violenta, por accidente o con dudas, interviene el juzgado y el entierro espera a la autorización judicial: no muevas el cuerpo y llama al 112.
- Decide si contratas una funeraria o un seguro de decesos
Si la persona tenía seguro de decesos (muy habitual en España), llama primero a la aseguradora: ellos envían la funeraria y pagan lo que cubra la póliza. Si no, contrata tú una funeraria. Pide siempre presupuesto por escrito y desglosado (ataúd, traslado, tanatorio, tasas municipales, flores, esquela) y compara al menos dos. La funeraria suele encargarse de la declaración en el Registro Civil, de la licencia de enterramiento y de pedir el nicho o la incineración en el Ayuntamiento.
- Inscribe la defunción en el Registro Civil
La inscripción es obligatoria. Están obligados a promoverla el hospital donde ocurre la muerte, el médico que la certifica fuera del hospital y los familiares (artículo 63 de la Ley 20/2011). Con el certificado médico y el formulario oficial, el Registro Civil de Valencia inscribe la muerte y expide la licencia para el entierro o la incineración. Después podrás pedir copias del certificado de defunción en la sede electrónica del Ministerio de Justicia (sede.mjusticia.gob.es), con o sin Cl@ve. Lo necesitarás para el banco, la herencia, la pensión de viudedad y el consulado.
- Elige tanatorio para el velatorio
El Tanatorio Municipal Ciudad de València está en el Camino Viejo de Picassent s/n, dentro del recinto del Cementerio General. Funciona en concesión, abre 24 horas, tiene 16 salas de velatorio, salas de ceremonias de diferentes confesiones y aparcamiento gratuito (tel. 963 587 013). La web municipal también cita tanatorios privados: Tanatorio Servisa (avenida de los Naranjos 14, tel. 963 924 180), Tanatorio Atrium Campanar (Vall de la Ballestera 69, tel. 963 409 656), Tanatorio de Valencia (calle Rabisancho s/n, Alfafar-Silla) y Parque de la Paz (oficina en avenida del Cid 2, tel. 963 130 057; su cementerio está en Godelleta-Chiva).
- Elige cementerio municipal
El Ayuntamiento entierra en siete cementerios: General (plaça Sant Domènec de Guzmán 27, tel. 962 082 810), Cabanyal (Cabañal 18, tel. 691 465 883), Campanar (camino del Cementerio s/n, tel. 963 490 456), Grau (Poeta Sanmartín y Aguirre s/n, tel. 963 303 961), Benimàmet (Felipe Valls s/n, tel. 963 632 628), Massarrojos (carrer Senent Ibáñez s/n) y El Palmar (camino del Palmar s/n). Los de Benimaclet, Benifaraig, Borbotó y Carpesa son parroquiales y el Cementerio Protestante Británico es privado: ahí no se aplican las tasas municipales. Los servicios funerarios en los cementerios municipales se hacen de lunes a sábado de 10:30 a 17:00 y domingos y festivos de 10:30 a 13:00; en Massarrojos se conciertan con el Cementerio General.
- Pide la unidad de enterramiento y paga la tasa
En Valencia no puedes comprar un nicho por adelantado: salvo las criptas de la Sección 20 del Cementerio General, los nichos solo se conceden cuando hay que enterrar a alguien, por turno (artículo 37 de la Ordenanza de Cementerios). No se compra el nicho: se paga una concesión por años. Tasas vigentes: nicho sencillo 158,14 € (5 años), 607,18 € (20 años) o 950,07 € (50 años); nicho doble 1.214,34 € (20 años) o 1.900,02 € (50 años); nicho de párvulos 101,32 € (5 años). A eso se suma la inhumación en nicho, 101,11 €, y el título o cartilla funeraria, 7,85 €. El Ayuntamiento cobra la tasa antes de prestar el servicio.
- Si prefieres incinerar, pide el crematorio municipal
El crematorio municipal está en el Cementerio General (tel. 963 782 278). La solicitud lleva el certificado médico de defunción, la licencia de enterramiento, la autorización del juez si hubo intervención judicial, la declaración de que el cuerpo no tiene marcapasos u otros aparatos que puedan explotar, la urna elegida y el destino de las cenizas (artículo 52 de la Ordenanza). La tasa es de 262,65 €; la urna va aparte (Piedad 15,88 €, Mármol 41,74 €, Cofre Madera 48,55 €). Si te llevas las cenizas, tienes un mes para recogerlas. Si las quieres dejar en el cementerio, un nicho columbario por 50 años cuesta 236,24 € más 50,61 € de inhumación.
- Si no hay dinero, pide el entierro benéfico
La ordenanza fiscal dice que no pagan tasas las inhumaciones de carácter benéfico que asume el Ayuntamiento cuando la persona fallecida o los familiares obligados a pagar no tienen recursos. Esa falta de recursos la tiene que certificar Servicios Sociales, la Junta Municipal de Distrito o la Policía Local de Valencia. Ve cuanto antes al Centro Municipal de Servicios Sociales (CMSS) de tu barrio: lo encuentras en valencia.es (Servicios sociales, «Dónde dirigirme») o en la Central de llamadas de Servicios Sociales, 900 92 75 67. Explica que es por un fallecimiento y lleva el certificado de defunción y la documentación de ingresos. Si nadie reclama el cuerpo, el Ayuntamiento puede acabar incinerándolo de oficio, así que no dejes pasar los días sin dar señales.
- Guarda la cartilla funeraria y nombra un beneficiario
El Ayuntamiento te da un título nominativo, la cartilla funeraria, que demuestra que tienes derecho sobre el nicho. Puedes nombrar a la persona que lo heredará cuando tú mueras. Si no la nombras, pasa al heredero del testamento o, si no hay, según el Código Civil. Cambiar el titular por herencia cuesta 81,68 €, y entre vivos (solo a familiares cercanos) 127,63 €. Comunica al Servicio de Cementerios cualquier cambio de domicilio o teléfono, porque te avisarán por ahí cuando venza la concesión.
- Renueva antes de que caduque la concesión
Durante el último año de la concesión puedes pedir la renovación. Si no lo haces, el Ayuntamiento entiende que renuncias: exhuma los restos y los lleva al osario común (artículo 41 de la Ordenanza). Si la familia vuelve a su país y no va a renovar, piensa antes si quiere trasladar los restos o las cenizas. Una exhumación con traslado, pasados más de 5 años, cuesta 192,32 €. Durante el primer año también puedes ampliar los años de la concesión y se te descuenta lo ya pagado.
- Coloca la lápida con permiso
Para poner una lápida, cruz o losa necesitas licencia municipal (7,85 €). Solo se permiten piedra, hierro u otros materiales nobles autorizados, sin sobresalir del nicho; no se permiten cristales ni pintar las fachadas. En la temporada de Todos los Santos (en 2026, del 17 de octubre al 2 de noviembre, de 9:00 a 18:00 sin cerrar) el bando municipal fija fechas límite para lápidas y adornos.
- Si quieres enviar el cuerpo o las cenizas a tu país
La repatriación a Latinoamérica tiene su propia guía nacional en CoraLatino (consulado, embalsamamiento, transporte aéreo y costes). En Valencia, la funeraria y tu consulado te dicen qué documentos pide tu país.
Lista de documentos
Marca lo que ya tienes para ver qué te falta antes de la cita. Se guarda en este navegador.
Ojo con esto
- Antes de firmar con una funeraria, pide presupuesto escrito y desglosado. Las tasas municipales de Valencia son públicas: compara lo que te cobran por «tasas» con la ordenanza fiscal.
- Las funerarias que te abordan en el hospital no son obligatorias. Puedes elegir la que quieras, también si tienes seguro de decesos (consulta la póliza).
- Si el dinero es el problema, habla con Servicios Sociales el primer día. El entierro benéfico necesita su certificado y es mucho más fácil antes del entierro que después.
- No hace falta tener papeles para enterrar a un familiar en Valencia: la ordenanza municipal prohíbe cualquier discriminación por condición personal o social.
- La concesión de 5 años es la más barata, pero al vencer tendrás que renovar o perder el nicho. Si la familia se va a ir de España, la incineración y llevar las cenizas suele ser más sencillo.
- Para encontrar dónde está enterrado alguien en un cementerio municipal, usa «Localización de difuntos» en valencia.es, con apellidos y año de entierro.
- Pide varias copias del certificado de defunción: las pedirán el banco, la Seguridad Social, el notario y tu consulado.
- Alrededor del 1 de noviembre hay horario especial y mucha gente: si necesitas trámites en la oficina de cementerios, mejor evitar esas semanas.
Fuentes oficiales consultadas el 02·11·2026: Ajuntament de València: Cementerios y servicios funerarios, Ordenanza fiscal de tasas de los servicios funerarios municipales de cementerios (modif. BOP 17/04/2025), Ordenanza de Cementerios y Servicios Funerarios Municipales (BOP 18/01/2007), Infociudad: Oficina del Servicio de Cementerios, Infociudad: Tanatorio Municipal Ciudad de València, Infociudad: Cementerio General, Ajuntament de València: Festividad de Todos los Santos 2026, Ley 20/2011 del Registro Civil (BOE, artículos 62 a 66), Ministerio de Justicia: certificado de defunción, Ajuntament de València: Servicios sociales, dónde dirigirme. Información orientativa: las normas y los importes cambian, comprueba siempre la fuente oficial. No sustituye el asesoramiento de un profesional.
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