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Hacerse autónomo en Valencia en 2026: alta en Hacienda y Seguridad Social, cuota, licencia de actividad y ayudas del Ayuntamiento y la Generalitat

Revisada 31·10·202613 min de lectura

En resumen

Para ser autónomo en València te das de alta primero en Hacienda con el modelo 036 (el 037 ya no existe) y después en la Seguridad Social (RETA) por Import@ss, las dos gratis y antes de empezar a trabajar. En 2026 la cuota depende de lo que ganes: desde 205,88 € al mes en el tramo más bajo, o la tarifa plana de 80 € al mes durante 12 meses si es tu primera vez o llevas 2 años sin ser autónomo. Si abres un local, antes de abrir presentas en la sede electrónica del Ayuntamiento la declaración responsable o la comunicación que toque; si trabajas desde tu casa como profesional, una comunicación de despacho en vivienda. Las ayudas municipales de 2026 (Emprende y Concilia, de 3.000 a 4.000 €) exigen 5 años de padrón en València, así que si acabas de llegar mira sobre todo las de la Generalitat (EMPYME, hasta 15.000 €, que se convoca en verano).

Alta en Hacienda
Modelo 036, gratis, antes de empezar. En la sede de la Agencia Tributaria o con cita en Plaza del Ayuntamiento 9 o calle Músico Ginés 16 (València). Cita: 91 333 5 333
Alta en la Seguridad Social
RETA en Import@ss (portal.seg-social.gob.es), gratis, hasta 60 días antes de empezar. Teléfono de la Tesorería: 91 541 02 91, opción 3.1 (autónomos)
Cuota de autónomos 2026
31,5 % de la base que elijas según tus rendimientos netos: desde 205,88 € al mes (hasta 670 € de rendimiento). Tarifa plana: 80 € al mes durante 12 meses
Licencia de actividad
Comercio de hasta 750 m²: declaración responsable y puedes abrir al presentarla. Actividad inocua: comunicación con informe urbanístico previo. Despacho en tu vivienda: comunicación TOF 1. Todo en sede.valencia.es
Ayudas municipales 2026
Emprende y Concilia: 3.000 € (hasta 4.000 €) por alta en RETA desde el 8/10/2025. Exige 5 años de padrón en València. Plazo de 2026 ya cerrado (3 al 22 de septiembre)
Ayudas de la Generalitat 2026
EMPYME: hasta el 70 % de los gastos, máximo 15.000 €, plazo de julio. EMDANA: hasta 20.000 € si emprendes en las pedanías del sur afectadas por la dana
Información municipal
Servicio de Emprendimiento del Ayuntamiento (antes València Activa): Plaza del Ayuntamiento 1, planta primera. Tel. 962 087 670. emprende@valencia.es. De 9:00 a 14:00

Qué tienes que hacer

  1. Comprueba que puedes trabajar por cuenta propia

    Si eres de la Unión Europea, o tienes nacionalidad española, puedes darte de alta sin más. Si eres de Colombia, Venezuela, Honduras, Perú u otro país latinoamericano, necesitas una autorización que te permita trabajar por cuenta propia (por ejemplo un arraigo, una residencia ya renovada, larga duración o tarjeta de familiar de español o de ciudadano de la UE) o pedir la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia: lo tienes explicado paso a paso en la guía de CoraLatino «Autónomos extranjeros». Sin una autorización válida no puedes darte de alta, y si tu tarjeta solo dice «residencia», tampoco.

  2. Haz números antes de darte de alta

    Calcula cuánto vas a facturar al mes, tus gastos (alquiler, material, gestoría, cuota de autónomos) y tu beneficio neto, porque de eso depende la cuota que pagarás. Decide si vas a trabajar desde casa, en casa del cliente o en un local, y si necesitas título homologado o colegiación. Si cobras el paro y quieres capitalizarlo (cobrarlo de golpe para invertirlo o para pagar cuotas), pídelo al SEPE antes de darte de alta: si ya estás de alta, te lo deniegan. Y si quieres pedir ayudas, revisa sus requisitos antes de la fecha de alta, porque casi todas exigen haberte dado de alta dentro de unas fechas concretas.

  3. Si vas a abrir un local, mira primero qué permiso necesita

    En València casi todo se hace con declaración responsable o comunicación, sin esperar una licencia. Tiendas, peluquerías, lavanderías o despachos con atención al público de hasta 750 m² van por la «Declaración responsable inicio o puesta en funcionamiento de comercio minorista» (trámite LA.AS.70): no hace falta informe urbanístico previo y puedes empezar en cuanto la presentas. Las actividades sin impacto ambiental que no son comercio van por la «Comunicación de actividad inocua» (LA.AS.10), que exige pedir antes un informe urbanístico de compatibilidad (el Ayuntamiento tiene un mes para darlo). Bares, restaurantes y locales de ocio (Ley 14/2010) van por declaración responsable de apertura (LA.AS.60): si en un mes no te hacen la visita de comprobación, puedes abrir avisando por escrito, o abrir de inmediato con un certificado de una OCA (entidad de certificación privada). Antes de firmar un alquiler, pide la «Consulta de ubicación» o el «Informe urbanístico de compatibilidad» para saber si tu actividad cabe en ese local; en zonas como Russafa, Velluters o las zonas acústicamente saturadas (ZAS) hay restricciones para locales con música.

  4. Prepara la documentación técnica del local

    Para el comercio y la actividad inocua el Ayuntamiento pide una memoria técnica de la actividad y un certificado de cumplimiento de la normativa firmados por un técnico competente (arquitecto, aparejador o ingeniero), además de una declaración responsable de que tienes las autorizaciones sectoriales (sanidad, por ejemplo, si vendes alimentos). Si el local necesita obras, primero va la declaración responsable o licencia de obras. Presentas todo en sede.valencia.es con certificado digital o Cl@ve; si eres persona física también puedes hacerlo en persona en el registro de tu Junta Municipal de Distrito, con cita previa en valencia.es o en el 010.

  5. Si trabajas desde tu casa, comunica el despacho

    Si eres profesional (diseño, traducción, consultoría, asesoría, etc.) y trabajas en una parte de tu vivienda sin que deje de ser vivienda, el Ayuntamiento tiene un trámite propio: «Comunicación de despacho profesional en vivienda habitual (TOF 1)», código LA.AS.80 en sede.valencia.es. Solo pueden presentarlo personas físicas empadronadas en esa vivienda (no sociedades), antes de empezar, con una memoria descriptiva de la actividad que indique qué parte de la casa usas. Es un trámite de comunicación: no esperas resolución.

  6. Date de alta en Hacienda con el modelo 036

    Es lo primero y es gratis. Desde el 3 de febrero de 2025 el modelo 037 está suprimido (Orden HAC/1526/2024) y todo se hace con el 036, que se presenta antes de empezar la actividad. En él indicas tu epígrafe del IAE (como persona física no pagas el impuesto, pero te das de alta en él), el domicilio fiscal y el del local si lo hay, la fecha de inicio, el IVA y cómo tributas en el IRPF. Hazlo por internet en sede.agenciatributaria.gob.es con certificado digital o Cl@ve. Si prefieres que te ayuden, pide cita en el 91 333 5 333: en la ciudad tienes la Administración de Guillem de Castro (Plaza del Ayuntamiento 9) y la de Blasco Ibáñez (calle Músico Ginés 16), de lunes a viernes de 9:00 a 14:00. Para dudas de información general: 91 554 87 70.

  7. Date de alta en la Seguridad Social (RETA)

    Después de Hacienda, date de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en Import@ss (portal.seg-social.gob.es), como mucho 60 días antes de la fecha de inicio. Necesitas tu número de la Seguridad Social (si no lo tienes, mira la guía de CoraLatino «Número de la Seguridad Social en Valencia»). En el alta declaras tus rendimientos previstos, eliges base de cotización y mutua y, si te corresponde, pides la tarifa plana en ese mismo momento. Para dudas, la Tesorería atiende en el 91 541 02 91 o el 901 50 20 50 (opción 3.1, autónomos), de lunes a jueves de 9:00 a 18:00 y viernes de 9:00 a 14:30; en la ciudad tiene oficinas en la avenida Marqués de Sotelo 8-10, la calle Colón 60 y la avenida General Avilés 27.

  8. Entiende cuánto vas a pagar de cuota

    En 2026 cotizas por tus rendimientos netos reales: ingresos menos gastos, con un 7 % extra de gastos genéricos. La cuota es el 31,5 % de la base que elijas dentro de tu tramo. Las cuotas mínimas por tramo son, por ejemplo: hasta 670 € al mes de rendimiento, 205,88 €; de 670 a 900 €, 226,47 €; de 900 a 1.166,70 €, 267,65 €; de 1.300 a 1.700 €, 302,65 €; de 1.700 a 1.850 €, 360,29 €. Puedes cambiar de base hasta 6 veces al año: si lo pides entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre, se aplica el 1 de noviembre; entre noviembre y diciembre, el 1 de enero de 2027. Al año siguiente la Seguridad Social compara con lo que declaraste a Hacienda y te devuelve o te reclama la diferencia.

  9. Pide la tarifa plana al darte de alta

    Si nunca has sido autónomo o no lo has sido en los 2 años anteriores (3 si ya tuviste tarifa plana), pagas 80 € al mes durante los primeros 12 meses. Se pide en el propio alta: si no la marcas, la pierdes. Pasado el primer año puedes pedir 12 meses más de cuota reducida en Import@ss si prevés ganar menos del salario mínimo anual. Con discapacidad del 33 % o más, o si eres víctima de violencia de género o de terrorismo, son 80 € durante 24 meses. No la pueden pedir los familiares colaboradores de otro autónomo.

  10. Revisa las ayudas del Ayuntamiento de València

    La antigua fundación València Activa se disolvió en junio de 2026 y sus funciones pasaron al Servicio de Emprendimiento del Ayuntamiento (Plaza del Ayuntamiento 1, planta primera; tel. 962 087 670; emprende@valencia.es; de 9:00 a 14:00). Sus convocatorias de 2026 fueron: «Emprende y Concilia» (3.000 € por alta en RETA entre el 8 de octubre de 2025 y la solicitud, más 500 € por conciliación y 500 € si tienes menos de 36 años; plazo del 3 al 22 de septiembre), «Inversión para el emprendimiento» (hasta 2.500 €, para actividades iniciadas entre el 1 de enero de 2023 y el 7 de octubre de 2025; plazo hasta el 30 de junio) y «Primeros pasos» (1.200 € a autónomos que han tenido o adoptado hijos desde 2024; plazo del 8 al 27 de octubre). Ojo: las tres exigen estar empadronado en València con al menos 5 años de antigüedad, además de tener el domicilio fiscal o el local en la ciudad. Si llevas menos tiempo, sí puedes optar al coworking municipal gratuito de la avenida Hermanos Maristas 19 (convocatoria abierta de forma continua desde el 23 de febrero de 2026) y a los despachos del vivero Petxina, para negocios de menos de 2 años con domicilio en València.

  11. Revisa las ayudas de la Generalitat y de Labora

    La Conselleria de Industria convoca cada verano EMPYME: en 2026 (DOGV de 1 de julio, plazo del 1 al 31 de julio) daba hasta el 70 % de los gastos, con un máximo de 15.000 €, a autónomos y pymes con domicilio en la Comunitat Valenciana que empezaron en los últimos 5 años en sectores «en auge» como hostelería y turismo, cuidados, estética y bienestar, alimentación, servicios digitales o educación. Gastos que cubre: alquiler del local o coworking, sueldos de personal contratado, gestoría, asesoría, licencias y consultoría. Si emprendes en las pedanías del sur de València o en otro municipio afectado por la dana de 2024, EMDANA 2026 cubría hasta el 100 % de los gastos, máximo 20.000 € (plazo del 15 al 30 de septiembre); las dos son incompatibles. Labora convocó en 2026 una ayuda para autónomas embarazadas o en adopción que contratan a una persona desempleada antes de su baja (1.500 o 3.500 € según la duración del contrato, más 500 € si contratan a una mujer o a una persona con discapacidad; plazo hasta el 20 de octubre). Las convocatorias salen en el DOGV (dogv.gva.es).

  12. Cumple con Hacienda cada trimestre

    Como autónomo presentas el IVA (modelo 303) y el pago a cuenta del IRPF (modelo 130, el 20 % de tu beneficio) del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero, aunque salgan a cero. Si eres profesional y facturas a empresas, en tus facturas aplicas retención: el 7 % el año en que empiezas y los dos siguientes, y luego el 15 %. Guarda todas las facturas de tus gastos. Si usas un programa de facturación, deberá estar adaptado a Verifactu antes del 1 de julio de 2027.

Lista de documentos

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Ojo con esto

  • El orden importa: primero el 036 en Hacienda, después el alta en el RETA y, si tienes local, la declaración responsable o comunicación antes de abrir. Y si vas a capitalizar el paro, todo eso va después de pedirlo al SEPE.
  • Antes de firmar el alquiler de un local, pide la consulta de ubicación o el informe urbanístico de compatibilidad en sede.valencia.es. Si firmas antes y luego resulta que tu actividad no cabe en ese local (pasa con bares y locales con música en zonas restringidas), te quedas pagando un alquiler que no te sirve.
  • Las ayudas del Ayuntamiento de 2026 exigen 5 años de padrón en València. Si acabas de llegar no las vas a cobrar, pero empadrónate cuanto antes: esa antigüedad cuenta para las convocatorias de los próximos años.
  • En EMPYME y EMDANA 2026 la solicitud se presentaba junto con la cuenta justificativa, es decir, con los gastos ya hechos y pagados, y EMPYME además se reparte por concurrencia competitiva (se valora tu proyecto). Guarda todas las facturas y págalas por banco, y no cuentes con ese dinero para arrancar.
  • Si un cliente te pide hacerte autónomo para trabajar solo para él, con su horario y sus herramientas, eso es un falso autónomo y es ilegal. En el reparto para plataformas se presume que eres asalariado.
  • La tarifa plana no se aplica sola: márcala al hacer el alta en Import@ss. Y si tus ingresos cambian, ajusta tu base para no llevarte un susto con la regularización del año siguiente.
  • Si no tienes certificado digital, como persona física puedes presentar las solicitudes del Ayuntamiento en persona en el registro de tu Junta Municipal de Distrito, con cita previa en valencia.es o en el 010. Las sociedades, en cambio, están obligadas a hacerlo por internet.
  • No pagues a nadie por «conseguirte» una ayuda: las solicitudes son gratis en sede.valencia.es y en la sede de la Generalitat, y las convocatorias se publican en el DOGV y en el Boletín Oficial de la Provincia.

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