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Cómo buscar trabajo en España siendo latinoamericano (2026): papeles, ofertas de empleo, CV, ETT y estafas

Revisada 13·10·202615 min de lectura

En resumen

Para buscar trabajo en España con garantías necesitas una autorización que te permita trabajar, tu NIE, tu número de la Seguridad Social y una cuenta bancaria; con eso puedes inscribirte gratis como demandante de empleo en el servicio público de empleo de tu comunidad y usar Empléate, el portal gratuito del SEPE. Ni el servicio público, ni las agencias de colocación, ni las ETT pueden cobrarte nada: si una oferta te pide dinero, es fraude. El sueldo nunca puede bajar del salario mínimo de 2026 (1.221 € al mes en 14 pagas a jornada completa) y en el periodo de prueba tienes los mismos derechos que el resto de la plantilla.

Quién puede trabajar
Quien tenga una autorización que lo permita: residencia y trabajo, arraigo (el socioformativo con un máximo de 30 horas a la semana), estudios (máximo 30 horas a la semana), residencia de familiar de español o de ciudadano de la UE, larga duración o nacionalidad española. Sin autorización no puedes inscribirte como demandante
Cuánto cuesta
Nada. Inscribirte como demandante, usar Empléate y los servicios de las agencias de colocación y de las ETT es gratis para ti por ley. Lo único de pago son los trámites de extranjería que ya tengas pendientes
Dónde buscar
Servicio público de empleo de tu comunidad (inscripción, orientador, ofertas), Empléate del SEPE (reúne también ofertas de los portales autonómicos), agencias de colocación y ETT autorizadas, portales privados y candidatura directa en empresas
Cuánto tarda
La inscripción como demandante se puede hacer en cualquier momento; en Madrid, por ejemplo, después tienes 1 mes para ir con cita a tu oficina a una entrevista. Por ley tienes derecho a un itinerario personalizado en un máximo de 1 mes desde tu perfil
Periodo de prueba
Si el convenio no dice otra cosa: máximo 6 meses para técnicos titulados y 2 meses para el resto (3 en empresas de menos de 25 trabajadores); 1 mes en contratos temporales de hasta 6 meses. Se cobra y cotiza como cualquier otro día
Sectores con más facilidad para contratar desde fuera
Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura del tercer trimestre de 2026 (el último publicado): electricistas, carpinteros y montadores de aluminio, metal y PVC, operadores de grúa, ocupaciones de la Marina Mercante, deportistas y entrenadores

Qué tienes que hacer

  1. Comprueba que tus papeles te permiten trabajar (y con qué límites)

    Antes de enviar un solo currículum, mira qué dice tu documento. Pueden trabajar sin pedir nada más quienes tienen autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena (la inicial suele estar limitada el primer año a una comunidad autónoma y a una ocupación), arraigo sociolaboral, social, familiar o de segunda oportunidad (sin límite de sector ni de territorio), residencia de familiar de español o de ciudadano de la UE, residencia de larga duración o nacionalidad española. Con arraigo socioformativo puedes trabajar como máximo 30 horas a la semana, pagadas al menos con el salario mínimo o el del convenio en proporción. Si estás con autorización de estudios superiores (grado, máster, doctorado) puedes trabajar automáticamente hasta 30 horas semanales; en otros estudios necesitas que te lo autoricen, y pasarte de las 30 horas puede costarte la autorización. Si eres solicitante de asilo, solo cuando tu documento diga que te autoriza a trabajar (mira nuestra guía de asilo). Si todavía no tienes ninguna autorización, ve a los pasos 9 y 10.

  2. Ten listos el NIE, el número de la Seguridad Social y una cuenta

    Tu NIE (o tu TIE) es lo que te identifica ante la empresa y en el contrato. El número de la Seguridad Social se pide gratis por Import@ss y la empresa lo necesita para darte de alta, que tiene que hacerse antes de que empieces a trabajar, nunca después (lo compruebas en tu informe de vida laboral). La nómina se cobra por transferencia, así que te conviene tener ya una cuenta en España (si un banco te pone pegas, mira nuestra guía de cuenta bancaria). Tenemos guías de NIE, número de la Seguridad Social y cuenta bancaria con el paso a paso de cada trámite: no hace falta esperar a tener una oferta para hacerlos.

  3. Inscríbete como demandante en el servicio público de empleo de tu comunidad

    La inscripción la gestiona tu comunidad autónoma (en Ceuta y Melilla, el SEPE), es gratuita y se puede hacer en cualquier momento, por internet con identificación electrónica o en la oficina de empleo con cita. Pueden inscribirse los extranjeros mayores de 16 años con una autorización que les permita trabajar o en condiciones de obtenerla (Orden TAS/3698/2006): por ejemplo, en la Comunidad de Madrid piden residir allí, permiso de residencia o trabajo vigente, pasaporte y NIE, y después una entrevista en tu oficina en el plazo de 1 mes. Estar inscrito te da acceso a las ofertas que gestiona la oficina, a los cursos gratuitos (mira nuestra guía de cursos SEPE), a programas para personas migrantes, que la Ley de Empleo considera colectivo de atención prioritaria, y es imprescindible si algún día necesitas el paro (mira nuestra guía de paro). Guarda el documento de inscripción y renueva la demanda en las fechas que te indiquen: si no lo haces, te dan de baja.

  4. Pide tu orientador y tu itinerario personalizado

    La Ley 3/2023 de Empleo te garantiza, como demandante, un perfil individual (tus estudios, experiencia y competencias), un tutor que te acompañe, un itinerario personalizado en un máximo de 1 mes desde que se hace tu perfil, formación, asesoramiento si quieres hacerte autónomo e intermediación con ofertas adecuadas, de forma presencial o a distancia. Pídelo expresamente en tu oficina: muchas personas se inscriben y nunca vuelven. Ese orientador también te dice qué hacer con tus títulos (homologar o reconocer un título solo es obligatorio en las profesiones reguladas; mira nuestra guía de homologación) y qué cursos te faltan para el empleo que buscas.

  5. Date de alta en Empléate y en el portal de empleo de tu comunidad

    Empléate (empleate.gob.es) es el portal gratuito del SEPE: entras con «Alta ciudadano», creas tu currículum, te inscribes en ofertas, activas alertas por correo o SMS y puedes ver qué ocupaciones se contratan más (Observatorio de las Ocupaciones). Incorpora ofertas de los portales colaboradores de las comunidades autónomas, pero no todas: entra también en el buscador de tu comunidad (la página «Ofertas de empleo» de sepe.es enlaza los de todas). Si ves una oferta sospechosa, márcala como inapropiada. Completa tu perfil al 100 %, con disponibilidad, carnet de conducir y zona: los filtros de los reclutadores descartan perfiles a medias.

  6. Usa agencias de colocación y ETT, pero solo autorizadas y sin pagar nada

    Las agencias de colocación son entidades públicas o privadas que buscan trabajo a desempleados y hacen selección de personal; tienen que estar declaradas ante un servicio público de empleo y la ley les obliga a garantizarte la gratuidad (art. 43 de la Ley 3/2023). Puedes comprobar si una agencia existe en el listado oficial de sistemanacionalempleo.es. Las ETT (empresas de trabajo temporal) te contratan para cederte a otra empresa: necesitan autorización administrativa previa y estar en un registro oficial, y mientras trabajas cedido tienes derecho al mismo sueldo, jornada, horas extra, descansos y vacaciones que si te contratara directamente la empresa donde trabajas. Es nula cualquier cláusula que te obligue a pagar a una ETT por selección, formación o contratación (art. 12.4 de la Ley 14/1994), y cobrar a un trabajador por intermediar es infracción muy grave. Apúntate en varias, presenta tu CV en persona si tienen oficina y llama cada semana: la constancia cuenta.

  7. Prepara un CV a la española y, si te sirve, el Europass

    En España se espera un CV de 1 o 2 páginas, en español, ordenado de lo más reciente a lo más antiguo: datos de contacto (teléfono español, correo serio, ciudad), un resumen de 3 o 4 líneas, experiencia con fechas, empresa, puesto y logros, formación (indica el nombre español equivalente o si está homologada o en trámite), idiomas, carnet de conducir y disponibilidad. Di claramente tu situación para trabajar, por ejemplo «Autorización de residencia y trabajo en vigor»: es lo primero que se pregunta un reclutador al ver un nombre extranjero. No estás obligado a poner foto, edad, estado civil, religión ni nacionalidad: pedir esos datos para discriminar es infracción muy grave. Cambia expresiones de tu país que aquí no se entienden y adapta el CV a cada oferta. El CV Europass es un modelo europeo gratuito (europass.europa.eu) que puedes hacer en español y en otros idiomas; es útil para empresas grandes o internacionales, pero no es obligatorio. Acompáñalo de una carta de presentación corta.

  8. Prepárate para la entrevista y para leer bien la oferta

    Antes de ir, busca la empresa, relee la oferta y prepara ejemplos concretos de tu experiencia (qué hiciste, cómo y qué resultado tuviste). Lleva el CV impreso y tu NIE o TIE. Pregunta siempre por el tipo de contrato, la jornada, el horario, el sueldo bruto y el convenio que se aplica: es normal preguntarlo y te protege. El sueldo nunca puede quedar por debajo del salario mínimo de 2026 (1.221 € brutos al mes en 14 pagas a jornada completa, en proporción si es parcial) ni del que marque el convenio (mira nuestra guía de salario mínimo y nómina). Los contratos a tiempo parcial, fijos discontinuos y temporales de más de 4 semanas tienen que ir por escrito, y siempre puedes exigir que te lo den por escrito. No firmes nada que no entiendas ni papeles en blanco.

  9. Si todavía no tienes papeles: las vías legales para trabajar

    Si vives en España sin autorización, no puedes inscribirte como demandante ni ser contratado de forma legal, pero sí puedes formarte, aprender el idioma y preparar el arraigo. Con al menos 2 años de permanencia continuada en España puedes pedir el arraigo sociolaboral con uno o varios contratos que sumen como mínimo 20 horas semanales y paguen al menos el salario mínimo o el del convenio en proporción, o el socioformativo si vas a estudiar (mira nuestra guía de arraigo). La regularización extraordinaria de 2026 ya no admite solicitudes nuevas. Si eres víctima de explotación laboral y lo denuncias, la ley prevé una autorización por colaboración con las autoridades (mira nuestra guía de circunstancias excepcionales).

  10. Si estás en tu país: contratación en origen y Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura

    Para contratarte desde fuera, la empresa pide tu autorización de residencia y trabajo. Si tu ocupación está en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura de la provincia, no tiene que demostrar que no encuentra a nadie aquí. El último publicado (tercer trimestre de 2026, BOE del 2 de septiembre de 2026) incluye en todas las provincias instaladores electricistas, carpinteros y montadores de carpintería de aluminio, metálica y PVC, y conductores operadores de grúa; deportistas y entrenadores; y, en provincias costeras más Lleida y Madrid, ocupaciones de la Marina Mercante (maquinistas, pilotos, cocineros y camareros de barco, marineros, etc.). Si no está en el catálogo, la empresa debe presentar la oferta en el servicio público de empleo y obtener un certificado de insuficiencia de demandantes. Hay además visados de búsqueda de empleo de 12 meses para hijos y nietos de español de origen y para determinadas ocupaciones, y autorizaciones para trabajos de temporada. Desconfía de quien te «venda» un contrato desde España: el trámite lo hace la empresa y no se compra.

Lista de documentos

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Ojo con esto

  • Ninguna empresa seria te pide dinero para trabajar. Si te piden pagar una «matrícula», un curso obligatorio, material, un kit para trabajar desde casa, gastos de gestión, un contrato o un trámite de papeles para darte el puesto, es una estafa. Las agencias de colocación y las ETT tienen prohibido cobrarte y los cursos del servicio público de empleo son gratuitos.
  • Señales de oferta falsa según INCIBE: te llega sin haberla pedido, sueldo muy alto sin experiencia, empresa que no aparece en internet, faltas de ortografía, correo de un servicio gratuito, te piden datos bancarios o que llames a números de tarificación especial (803, 806, 807, 905, 907 o 70X), o que sigas por WhatsApp. Ante la duda, llama gratis al 017 o escribe por WhatsApp al 900 116 117 (todos los días de 8:00 a 23:00) y denuncia en Policía o Guardia Civil.
  • Nunca prestes tu cuenta bancaria para «recibir y reenviar transferencias» como trabajo. Es una trampa típica dirigida a migrantes y estudiantes: te conviertes en mula de dinero y el Código Penal castiga el blanqueo con prisión, incluso por imprudencia grave. Tampoco alquiles tu cuenta en apps de reparto ni entregues tu NIE o tu número de la Seguridad Social a quien no te contrata.
  • Trabajar sin contrato (en negro) te deja sin cotizar, sin paro, sin baja pagada si te lesionas y sin pruebas para el arraigo o la renovación. Si no tienes autorización, es infracción grave con multa de 501 a 10.000 € y en algunos casos puede acabar en expulsión. Aun así, tu contrato vale para reclamar el sueldo y tus derechos laborales: si trabajas para alguien que te dirige y te paga, la ley presume que hay contrato, y emplear a extranjeros sin permiso en condiciones que recorten sus derechos es delito para quien lo hace.
  • Si ya tienes papeles y te ofrecen trabajar «unos días a prueba» sin alta, di que no: la empresa tiene que darte de alta antes de que empieces, y en el periodo de prueba cobras, cotizas y tienes los mismos derechos que cualquiera. El periodo de prueba tiene que pactarse por escrito y no vale si ya habías hecho esas mismas funciones en esa empresa.
  • En el periodo de prueba la empresa puede terminar el contrato sin indemnización, pero es nulo si te despiden por estar embarazada. Si pasa el periodo sin que te digan nada, el contrato sigue y ese tiempo cuenta para tu antigüedad. Comprueba en tu convenio cuánto dura de verdad tu periodo de prueba: en muchos sectores es más corto que el máximo legal.
  • Una oferta que excluye a personas por su nacionalidad, origen, edad o sexo es ilegal. Las agencias de colocación deben garantizar la igualdad en el acceso al empleo y publicar condiciones discriminatorias es infracción muy grave. Una oferta que no responde a las condiciones reales del puesto también es sancionable: guarda capturas y denúncialo a la Inspección de Trabajo.
  • Si tu permiso inicial está limitado a una comunidad o a una ocupación, no aceptes un trabajo fuera de ese ámbito sin consultar antes: te puede complicar la renovación. Y si tienes autorización de estudios o arraigo socioformativo, no pases de 30 horas semanales.
  • Busca también fuera de internet: muchas ofertas de hostelería, limpieza, construcción y comercio se cubren por recomendación o dejando el CV en persona. Las ONG y entidades de apoyo a migrantes tienen bolsas de empleo y programas de inserción gratuitos. Tenemos guías específicas de hostelería, repartidor y conductor, autónomos, cursos SEPE y clases de español gratis.
  • Si te quedas sin trabajo después de cotizar, pide el paro en los 15 días siguientes (mira nuestra guía de paro), y si te deben dinero, recuerda que tienes 1 año para reclamar cantidades: pide ayuda gratuita en un sindicato o en nuestra guía de abogados gratis.

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