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Copago farmacéutico 2026: cuánto pagas por las medicinas en España siendo extranjero, con o sin papeles

Revisada 17·10·202611 min de lectura

En resumen

Con receta de la sanidad pública pagas en la farmacia solo un porcentaje del precio: de 0 % (si cobras el ingreso mínimo vital, una pensión no contributiva o agotaste el subsidio de paro) a 40-60 % si trabajas, según tu renta, y un 10 % si eres pensionista. Desde el 14 de mayo de 2026 hay topes mensuales nuevos: si trabajas y tu renta es inferior a 9.000 euros no pagas más de 8,23 euros al mes, y las personas extranjeras sin residencia legal con documento de asistencia pagan un 40 % con ese mismo tope. Tu porcentaje va dentro de tu tarjeta sanitaria (el código TSI de la receta) y, si pagas por encima de tu tope, tu comunidad autónoma te devuelve la diferencia como máximo cada seis meses. Con receta privada o sin receta pagas el precio completo.

Quién paga copago
Cualquier persona con tarjeta sanitaria o documento de asistencia que recoge en la farmacia medicinas con receta oficial de la sanidad pública
Cuánto pagas si trabajas
40 % (renta menor de 18.000 euros), 45 % (18.000 a 59.999), 50 % (60.000 a 99.999) o 60 % (100.000 o más)
Topes mensuales para activos
8,23 euros con renta menor de 9.000; 18,52 euros de 9.000 a 17.999; 61,75 euros de 18.000 a 34.999; sin tope desde 35.000
Pensionistas
10 % con tope mensual de 8,23 a 18,52 euros según renta; 60 % con tope de 61,75 euros si la renta es de 100.000 euros o más
Sin residencia legal
40 % con tope de 8,23 euros al mes (art. 102 RDL 1/2015). Menores y embarazadas pagan como el resto de asegurados
Exentos (0 %)
Ingreso mínimo vital, pensión no contributiva, rentas mínimas autonómicas, paro con subsidio agotado, menores con discapacidad del 33 % o más, accidente de trabajo, entre otros
Si te cobran de más
Tu comunidad autónoma te devuelve lo que pase del tope, con una periodicidad máxima de seis meses

Qué tienes que hacer

  1. Consigue tu tarjeta sanitaria o documento de asistencia

    El copago solo existe si tienes derecho a la sanidad pública: sin tarjeta sanitaria (o sin el documento de asistencia para personas sin residencia legal) el médico de la pública no te puede hacer una receta oficial y en la farmacia pagarás el 100 %. Si estás sin papeles, desde el 13 de marzo de 2026 el Real Decreto 180/2026 fija cómo pedirlo en toda España: firmas una declaración responsable y llevas pasaporte (u otro documento de tu país con foto) y el padrón, o si no tienes padrón otro documento que pruebe que vives aquí, como facturas a tu nombre, un certificado de servicios sociales o de una ONG, la carta de viaje o la inscripción consular. Al presentar la solicitud te dan un documento provisional que ya te permite usar la sanidad pública, y la administración tiene tres meses para resolver; si no contesta, se entiende aprobado. Para el trámite paso a paso, mira nuestra guía de tarjeta sanitaria.

  2. Entiende qué es el copago

    El copago (la ley lo llama aportación del usuario) es la parte del precio de venta al público (PVP) que pagas tú en la farmacia por un medicamento financiado con receta de la sanidad pública; el resto lo paga tu comunidad autónoma. Lo regula el artículo 102 del texto refundido de la Ley de garantías del medicamento (Real Decreto Legislativo 1/2015), reformado por el Real Decreto-ley 11/2026, en vigor desde el 14 de mayo de 2026 y convalidado por el Congreso. Los medicamentos que te dan en el hospital (dispensación hospitalaria) no tienen copago. Ejemplo: si una caja cuesta 10 euros y tu porcentaje es el 40 %, pagas 4 euros.

  3. Mira tu porcentaje si trabajas o cobras paro

    Si cotizas a la Seguridad Social (trabajador, autónomo, o cobrando paro o una baja) tu porcentaje depende de tu renta: la base liquidable general y del ahorro de tu declaración de la renta (IRPF). Hay seis tramos desde mayo de 2026: menos de 9.000 euros, 40 % con un máximo de 8,23 euros al mes; de 9.000 a 17.999 euros, 40 % con máximo de 18,52 euros al mes; de 18.000 a 34.999 euros, 45 % con máximo de 61,75 euros al mes; de 35.000 a 59.999 euros, 45 % sin tope; de 60.000 a 99.999 euros, 50 % sin tope; y 100.000 euros o más, 60 % sin tope. Tu familia que figura como beneficiaria en tu tarjeta (pareja, hijos) paga el mismo porcentaje que tú.

  4. Mira tu porcentaje si eres pensionista

    Los pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios pagan el 10 % con estos topes mensuales: 8,23 euros si la renta es inferior a 18.000 euros; 13,37 euros de 18.000 a 59.999 euros; 18,52 euros de 60.000 a 99.999 euros. Con 100.000 euros o más pagan el 60 %, con tope de 61,75 euros al mes. Están exentos (pagan 0 %) los pensionistas que cobran el complemento a mínimos. Si antes de la reforma estabas exento por tener una renta inferior a 5.635 euros (o a 11.200 euros si no haces la declaración), sigues exento aunque no cobres ese complemento.

  5. Comprueba si estás exento

    No pagas nada (0 %) si cobras el ingreso mínimo vital, una pensión no contributiva o una renta mínima autonómica (renta de integración social); si estás en paro y ya agotaste el subsidio de desempleo, mientras sigas en esa situación; si el tratamiento es por un accidente de trabajo o una enfermedad profesional; si eres menor de edad con discapacidad reconocida del 33 % o más; si cobras la prestación de la Seguridad Social por hijo o menor en acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción; y en algunos casos de discapacidad y síndrome tóxico. Ojo: estar en paro sin haber cobrado nunca el subsidio no te exime por sí solo; ahí pagas según tu renta (con renta baja, 40 % y como máximo 8,23 euros al mes).

  6. Si no tienes papeles, conoce tu copago

    La ley fija para las personas extranjeras no registradas ni autorizadas como residentes un 40 % del precio, con un máximo de 8,23 euros al mes, igual que un trabajador con renta inferior a 9.000 euros. Los menores de 18 años y las mujeres embarazadas (para el embarazo, parto y posparto) sin residencia legal tienen asistencia con el mismo tipo de aportación que se exige a las personas aseguradas, según el artículo 4 del Real Decreto 180/2026. Si pides protección internacional (asilo), tienes asistencia sanitaria desde que haces la solicitud; pregunta en tu centro de salud o a tu entidad de acogida qué aportación te aplican.

  7. Busca tu código TSI en la receta

    Tu porcentaje lo calcula la Seguridad Social con los datos de Hacienda y te lo asigna en tu tarjeta sanitaria; la farmacia no ve tu renta, solo el código. Ese código aparece como «TSI» seguido de números en la hoja de medicación que te imprime el médico o en la receta, normalmente arriba a la derecha. Con el sistema que se usaba hasta ahora, TSI 001 es exento, TSI 002 es pensionista (10 %), TSI 003 es 40 %, TSI 004 es 50 %, TSI 005 es 60 % y TSI 006 son mutualistas (30 %). Con la reforma de 2026 los tramos han cambiado, así que si tienes dudas pregunta en el mostrador de tu centro de salud o en la web o app de salud de tu comunidad.

  8. Recoge tus medicinas con la tarjeta

    Con la receta electrónica no necesitas papel: vas a cualquier farmacia, das tu tarjeta sanitaria y el farmacéutico ve lo que tienes pendiente. La receta de una primera dispensación vale 10 días naturales desde que te la hacen; en tratamientos largos, cada nueva caja se puede recoger desde 10 días antes de que se acabe la anterior. También puedes recogerlas en otra comunidad autónoma: lleva la tarjeta y di en qué comunidad te recetaron. Si el médico receta por principio activo, te darán el medicamento más barato de los equivalentes; si receta una marca más cara que el precio menor de su grupo, el farmacéutico debe darte el de precio más bajo.

  9. Ahorra con genéricos y medicamentos de aportación reducida

    Un genérico tiene el mismo principio activo, la misma dosis y la misma forma que el de marca, y ha demostrado ser equivalente; como tu copago es un porcentaje del precio, cuanto más barato el medicamento, menos pagas. Muchos medicamentos para enfermedades crónicas (diabetes, tensión, colesterol y otros) son de aportación reducida: pagas solo el 10 % del precio, con un máximo de 4,98 euros por cada dispensación, sea cual sea tu tramo (antes de mayo de 2026 el máximo era 4,24 euros).

  10. Si te cobran de más, pide el reintegro

    Si en un mes pagas más que tu tope, tu comunidad autónoma tiene que devolverte la diferencia con una periodicidad máxima de seis meses (art. 102.7). En muchas comunidades la devolución es automática; por ejemplo, en Aragón la hace el Servicio Aragonés de Salud de oficio y, si no te llega, puedes pedirla en una oficina de registro con el formulario, el tique o factura de la farmacia, copia de la tarjeta y la receta. Guarda siempre los tiques de farmacia. Si compraste en otra comunidad y pasaste tu tope, pide el reembolso en tu comunidad con el justificante de dispensación. Si crees que tu porcentaje está mal (por ejemplo, cobras el ingreso mínimo vital y te sale TSI 003), pide en tu centro de salud que lo revisen.

  11. Sin receta o con receta privada, pagas todo

    Los medicamentos que no necesitan receta (para el resfriado, analgésicos suaves y similares) no están financiados por la sanidad pública: pagas el precio completo de la farmacia aunque tengas tarjeta. Lo mismo con una receta de un médico privado o de tu seguro: es válida en toda España, pero no tiene copago. La receta privada en papel vale 10 días y debe llevar tu DNI o NIE o, si no tienes, tu número de pasaporte. Los medicamentos con receta solo se pueden comprar en una farmacia: está prohibido venderlos por internet o por correo, y una web que te los ofrece sin receta es ilegal.

  12. Encuentra una farmacia de guardia

    Fuera de horario, siempre hay farmacias de guardia por turnos. Búscalas en farmaceuticos.com/farmacias-de-guardia eligiendo tu provincia, en la web del Colegio de Farmacéuticos de tu provincia o en el cartel que cada farmacia pone en la puerta con las de guardia más cercanas. Con receta electrónica y tarjeta pagas lo mismo que de día. En una urgencia grave llama al 112.

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Ojo con esto

  • Los tramos nuevos de 2026 dependen de que la Seguridad Social y tu comunidad actualicen el código de tu tarjeta sanitaria, y a mediados de octubre de 2026 no había confirmación oficial de que todas las farmacias los aplicaran ya. Si te cobran con el porcentaje antiguo, guarda los tiques de farmacia: si tienes tope mensual, lo que pagues por encima te lo tiene que devolver tu comunidad.
  • Si cobras poco, compara tu tique con tu tope: una persona que trabaja con renta inferior a 9.000 euros o que está sin papeles no debería pagar más de 8,23 euros al mes en total por medicinas con receta pública. Lo que pase de ahí te lo deben devolver.
  • La reforma del copago está en vigor desde el 14 de mayo de 2026, pero tu código depende de que se actualicen los datos en tu tarjeta. Si ves que te siguen cobrando como antes y superas tu nuevo tope, guarda los tiques y reclama la devolución en tu servicio de salud.
  • Si viajas desde tu país con tus medicinas, la AEMPS (la agencia española del medicamento) permite llevar la medicación personal para un máximo de tres meses de tratamiento, y te pueden pedir la receta o un informe médico al entrar. Para medicamentos estupefacientes o psicótropos (algunos ansiolíticos, opioides fuertes, etc.) necesitas un permiso previo de la AEMPS; pídelo con al menos 10 días de antelación en estupefacientes_viajeros@aemps.es.
  • Que tu familia te mande medicinas por paquete desde Colombia, Perú o Venezuela no es lo mismo que traerlas tú: la excepción de la ley es solo para los medicamentos que acompañan al viajero. Lo más seguro es que tu médico de cabecera te recete aquí el equivalente.
  • Una receta de un médico de Latinoamérica no sirve en una farmacia española para medicamentos que necesitan receta. Las únicas recetas extranjeras que la ley reconoce son las de otros países de la Unión Europea. Lleva tu receta o informe al médico de cabecera para que te haga una receta española.
  • Muchos nombres comerciales cambian de un país a otro. Pide en la farmacia el principio activo (por ejemplo, losartán o metformina): con ese nombre te encontrarán el equivalente español y, casi siempre, más barato.
  • Si tomas medicación crónica, pide a tu médico que la deje pautada en la receta electrónica: así recoges cada caja en la farmacia cuando te toca, sin volver a consulta cada vez.
  • Los medicamentos sin receta no tienen copago: los pagas enteros. Para cosas sencillas, el farmacéutico te puede aconsejar sin coste y decirte si debes ir al médico.

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