Si vas a pedir el arraigo social sin tener familia directa con papeles en España, o el arraigo socioformativo, necesitas un informe de integración social (lo que antes se llamaba informe de arraigo o de inserción). En la Comunidad de Madrid lo emite la Dirección General de Servicios Sociales e Integración de la Comunidad, no la Oficina de Extranjería: lo pides en la sede electrónica o en papel, preferentemente en el registro de tu ayuntamiento, y luego te citan a una entrevista. Necesitas al menos 2 años en España, estar empadronado en un municipio de Madrid y el diploma del curso gratuito Conoce tus Leyes de los CEPI. Para el arraigo social cuesta 30,60 €; para el socioformativo es gratis. La Comunidad tiene un plazo máximo de 1 mes y, si no contesta, puedes acreditar tu integración con otros documentos ante Extranjería.
- Quién lo emite
- Comunidad de Madrid, Dirección General de Servicios Sociales e Integración (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales)
- Para qué trámites
- Arraigo social cuando no tienes cónyuge, pareja registrada, padres o hijos con residencia legal, y siempre en el arraigo socioformativo (art. 127 del Reglamento de Extranjería)
- Cuánto cuesta
- Arraigo social: tasa de 30,60 € (modelo 030). Arraigo socioformativo: gratis
- Plazo de emisión
- Máximo 1 mes desde que lo pides. Si no llega, puedes acreditar tu integración con otros documentos
- Requisito imprescindible
- Diploma del curso gratuito Conoce tus Leyes, que se imparte en los 8 CEPI de la Comunidad
- Validez
- 6 meses desde que se emite: tienes que presentar el arraigo antes de que caduque
- Información
- Correo tramitacion.informesint@madrid.org, teléfono 012 y punto de información en calle O'Donnell 50 (con cita previa)
Qué tienes que hacer
- Comprueba si de verdad necesitas el informe
Desde el Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024 (en vigor desde el 20 de mayo de 2025), el artículo 127 pide este informe en dos casos. En el arraigo social, solo si no tienes vínculos familiares con extranjeros residentes legales (tu cónyuge o pareja registrada, tus padres o tus hijos): si los tienes, presentas el parentesco y no necesitas informe. En el arraigo socioformativo (permiso para estudiar una formación en España) se exige siempre. El arraigo sociolaboral (con contrato de trabajo), el de segunda oportunidad y el familiar no lo piden. El Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, reescribió el apartado del informe para aclarar qué tipo de informe es y qué debe contener, pero mantuvo el plazo de un mes y la posibilidad de acreditarlo por otros medios.
- Asegúrate de cumplir los requisitos básicos
La Comunidad de Madrid pide: haber vivido en España de forma continuada al menos los 2 últimos años; estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Madrid cuando haces la solicitud; acreditar medios económicos de los últimos 12 meses, disponibles en España, con cualquier prueba admitida en derecho; y demostrar tu esfuerzo de integración. Los 2 años son los mismos que exige el Reglamento para todos los arraigos (artículo 126). Si fuiste solicitante de asilo, el tiempo que estuvo en trámite tu solicitud no cuenta para esos 2 años.
- Haz el curso Conoce tus Leyes en un CEPI
El diploma de Conoce tus Leyes es requisito imprescindible para el informe de arraigo social, el de arraigo socioformativo y el de esfuerzo de integración. Es un programa gratuito de cuatro módulos sobre la sociedad, las leyes y los valores constitucionales; al completar los cuatro te dan un diploma de participación. La inscripción es solo presencial en cualquier CEPI (Centro de Participación e Integración de Inmigrantes), y piden nivel básico de español (A1), tener entre 16 y 65 años y estar empadronado en la Comunidad de Madrid. Hay CEPI en Madrid-Arganzuela (Ronda de Segovia 34, 91 222 40 50), Madrid-Chamartín (calle Canillas 11, 91 563 77 75), Madrid-Tetuán (calle Nuestra Señora del Carmen 17, 91 398 18 33), Madrid-Villaverde (calle Francisco del Pino 16, 91 819 55 39), Alcalá de Henares (calle Torrelaguna 9), Alcobendas-San Sebastián de los Reyes (calle Viento 2), Collado Villalba (calle Camino del Berrocal 6) y Leganés (avenida Rey Juan Carlos I, 6). Abren de lunes a viernes de 9:00 a 19:00. Apúntate cuanto antes, porque puede haber espera hasta que empieza tu grupo.
- Suma otros cursos y actividades
Además de Conoce tus Leyes, el informe valora otros diplomas o formaciones, la participación en asociaciones, el voluntariado y tu conocimiento del español. En los CEPI hay clases gratuitas de español (desde alfabetización hasta preparación del DELE A2), informática, orientación laboral y talleres de búsqueda de empleo. Los Centros de Educación de Personas Adultas (CEPA) de la Comunidad ofrecen español para extranjeros, enseñanzas iniciales y ESO para adultos. Guarda todos los certificados y diplomas en una carpeta: los llevarás a la entrevista.
- Si es para socioformativo, ten lista la prueba de tu formación
Para el informe de arraigo socioformativo, la Comunidad de Madrid exige acreditar la formación que vas a hacer con la matrícula, un certificado de los estudios que estás cursando o el justificante de haber pedido la admisión. Las formaciones válidas para este arraigo son las del artículo 127.d) del Reglamento: secundaria postobligatoria a tiempo completo (por ejemplo bachillerato o FP de grado medio), certificados profesionales de grado C completos (niveles 1, 2 y 3), la oferta presencial de la ESO para personas adultas, o una formación de los Servicios Públicos de Empleo para ocupaciones del Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura. Si la matrícula tiene un plazo oficial, el arraigo se presenta en los 2 meses anteriores a ese plazo, así que calcula bien las fechas.
- Paga la tasa si es para arraigo social
El informe para arraigo social cuesta 30,60 €. Se paga en la ficha del trámite de la sede (sede.comunidad.madrid, trámite «Informe de arraigo social o socioformativo») con tarjeta Visa o Mastercard, Bizum o cargo en cuenta, o descargando el impreso para pagar en el banco. Guarda el justificante, porque tienes que adjuntarlo a la solicitud. El informe para arraigo socioformativo no paga tasa.
- Presenta la solicitud por internet o en papel
Por internet: entra en el trámite de la sede de la Comunidad, pulsa Tramitar, rellena el formulario y envíalo al Registro adjuntando el justificante de la tasa; necesitas certificado digital, Cl@ve u otro sistema de firma reconocido por la Comunidad. En papel: rellena el mismo formulario en la web, pulsa Descargar formulario y preséntalo con el justificante de la tasa en un registro. La Comunidad indica que se presente preferentemente en el ayuntamiento del municipio donde vives; también vale una oficina de registro de la Comunidad (por ejemplo la de la calle O'Donnell 50), con cita previa si la oficina la pide. Quédate siempre una copia sellada con la fecha: es tu prueba de cuándo lo pediste.
- Ve a la entrevista personal con toda la documentación
Después de registrar la solicitud, la Comunidad te da cita para una entrevista personal. Ese día llevas el resto de papeles: pasaporte original y copia de la primera hoja, volante de empadronamiento vigente (mejor histórico), pruebas de que llevas 2 años en España, el certificado de Conoce tus Leyes, los demás cursos que tengas y los justificantes de medios de vida. Si te falta algo, te darán 10 días para entregarlo. El buzón tramitacion.informesint@madrid.org solo da información: no da citas ni inscribe en Conoce tus Leyes, la cita llega después de registrar la solicitud.
- Sigue tu expediente en la Cuenta Digital
Si lo presentaste por internet, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital (digital.comunidad.madrid) puedes ver el estado, aportar documentos y recibir notificaciones. Si elegiste notificación por correo certificado, te llegará a la dirección de la solicitud. El informe recoge, entre otras cosas, tu tiempo de permanencia en tu domicilio, tus medios económicos y tus esfuerzos de integración, y la Comunidad lo envía por vía electrónica a la Oficina de Extranjería.
- Si pasa un mes sin informe, acredítalo por otros medios
El artículo 127 del Reglamento obliga a emitir el informe en un mes desde que lo pides. Si no llega en plazo, puedes presentar el arraigo igualmente y justificar tu integración con cualquier medio de prueba, demostrando que lo pediste y que pasó el mes (por eso es clave la copia sellada de tu solicitud). Las Instrucciones SEM 4/2025 del Ministerio dan ejemplos de documentación sustitutiva: padrón, papeles médicos, recibos de envíos de dinero, extractos bancarios, contratos de alquiler y de suministros, certificados de cursos de valores y de español, de programas de inserción y documentos de familiares en España. Ojo: esta documentación sustitutiva no se puede presentar antes de que termine ese mes.
- Presenta el arraigo antes de que caduque el informe
Según las Instrucciones SEM 4/2025, el informe vale 6 meses desde su emisión y debe estar fechado dentro de los 6 meses anteriores a tu solicitud de arraigo. Con el informe favorable, pides el arraigo social o socioformativo ante la Oficina de Extranjería de Madrid (en persona con cita o por internet en la sede de Extranjería). Si presentas el arraigo sin el informe, no te lo inadmiten automáticamente: te darán 15 días para aportarlo y, si no lo haces, archivan tu solicitud. El informe no es vinculante, pero la Oficina de Extranjería solo tiene en cuenta un informe de la Comunidad si es favorable y lo aportas tú.
Lista de documentos
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Ojo con esto
- Empieza por Conoce tus Leyes. Es lo que más retrasa el trámite: en 2026 una queja ante el Defensor del Pueblo describía alrededor de mes y medio entre la inscripción en el curso y su realización. Ve a inscribirte en persona a un CEPI en cuanto tengas el padrón.
- Si tu pareja registrada, tu cónyuge, tus padres o tus hijos tienen residencia legal en España, el arraigo social no necesita informe: presentas el parentesco y medios económicos de al menos el 100 % del IPREM. Te ahorras tiempo y la tasa.
- Pide el informe con margen, pero no demasiado pronto: dura 6 meses. Lo ideal es pedirlo cuando ya te falten unos 2 o 3 meses para cumplir los 2 años de permanencia, para que llegue justo a tiempo.
- Guarda una copia sellada de tu solicitud con la fecha. Si la Comunidad no contesta en un mes, ese papel es lo que te permite presentar el arraigo con documentación alternativa.
- Para probar los 2 años sirven muchas cosas además del padrón: tarjeta sanitaria y citas médicas, recibos de Western Union o Ria de envíos a Colombia, Perú, Venezuela o donde sea, movimientos bancarios, matrículas de cursos o recibos de luz y móvil a tu nombre. Ordénalos por meses.
- El informe es tuyo, no lo pide Extranjería por ti: la Oficina de Extranjería solo lo tiene en cuenta si es favorable y lo aportas tú. Si sale desfavorable, consulta con un abogado o con una ONG antes de presentar el arraigo.
- No confundas este informe con el certificado de vulnerabilidad del arraigo extraordinario del Real Decreto 316/2026, que emitían servicios sociales o entidades del Tercer Sector: esa vía cerró el 30 de junio de 2026.
- Todo este trámite es gratis salvo la tasa de 30,60 € del arraigo social. Nadie puede venderte el curso Conoce tus Leyes ni una cita para la entrevista.
Fuentes oficiales consultadas el 15·10·2026: Sede Comunidad de Madrid: Informe de arraigo social o socioformativo (ficha 60333), Comunidad de Madrid: Informes de integración, Comunidad de Madrid: Centros de Participación e Integración de Inmigrantes (CEPI) y Conoce tus Leyes, Comunidad de Madrid: directorio de CEPI 2026 (PDF), BOE: Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024), texto consolidado, artículos 126 y 127, BOE: Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, que modifica el Reglamento de Extranjería, Secretaría de Estado de Migraciones: Instrucciones SEM 4/2025 sobre el informe de integración social, Defensor del Pueblo: recomendación a la Comunidad de Madrid sobre el informe de integración (queja 26002990), Comunidad de Madrid: oferta formativa en los Centros de Educación de Personas Adultas (CEPA). Información orientativa: las normas y los importes cambian, comprueba siempre la fuente oficial. No sustituye el asesoramiento de un profesional.
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