Guía · Madrid · Funeral y entierro

Funeral, entierro o incineración en Madrid 2026: Servicios Funerarios de Madrid, tarifas, cementerios y servicio gratuito si no hay dinero

Revisada 02·11·202611 min de lectura

En resumen

Si alguien de tu familia muere en la ciudad de Madrid, la funeraria municipal, Servicios Funerarios de Madrid (SFM), atiende las 24 horas en el 91 510 81 00, aunque puedes elegir cualquier funeraria. Según las tarifas de 2026 que publica SFM, el servicio integral básico de SFM cuesta 1.299,40 euros más IVA, la incineración 580,16 euros y un nicho temporal de 10 años 1.213,97 euros, y siempre tienes derecho a un presupuesto por escrito. Si la persona fallecida y su familia directa no tienen recursos, el Ayuntamiento da un servicio funerario gratuito que se pide con una declaración responsable en los tanatorios municipales, también para personas extranjeras o sin papeles. La defunción se inscribe en el Registro Civil Único de Madrid (calle de Pradillo 64-66) y normalmente lo hace la funeraria gratis por ti.

Funeraria municipal
Servicios Funerarios de Madrid (SFM): 91 510 81 00, 24 horas los 365 días. informacion@sfmadrid.es
Tarifas SFM 2026 (sin IVA)
Servicio integral básico 1.299,40 euros; incineración 580,16 euros; sala de velatorio 633,04 euros; nicho temporal 10 años 1.213,97 euros
Tanatorios municipales
M-30: calle Salvador de Madariaga 11. Sur: calle Ildefonso González Valencia 1. Abiertos 24 horas
Cementerios municipales
14, gestionados por SFM. Los grandes: Almudena (avenida de Daroca 90), Sur-Carabanchel y Fuencarral
Si no hay dinero
Servicio funerario gratuito de carácter social del Ayuntamiento (Reglamento 16/2025). Se pide en los tanatorios de SFM o a través de servicios sociales
Registro Civil
Registro Civil Único de Madrid, calle de Pradillo 64-66. Información: 012. La funeraria inscribe la defunción gratis
Repatriar el cuerpo o las cenizas
Mira la guía nacional de fallecimiento y repatriación de CoraLatino

Qué tienes que hacer

  1. Consigue el certificado médico de defunción

    Sin este papel no se puede hacer nada: es el documento en el que un médico confirma la muerte y su causa. Si la persona muere en un hospital o una residencia, lo firma su médico allí. Si muere en casa, avisa a los servicios sanitarios (112 en caso de urgencia) para que un médico venga a certificarla. Si la muerte es violenta, por accidente o dudosa, interviene el juzgado y el cuerpo suele ir al Instituto Anatómico Forense para la autopsia; en ese caso no hay certificado médico ordinario y la funeraria trabaja con la orden judicial. Si queréis incinerar, pide al médico que escriba en el certificado que no hay inconveniente para la incineración, porque SFM lo exige.

  2. Llama a una funeraria y pide presupuesto por escrito

    Puedes llamar a la funeraria municipal, Servicios Funerarios de Madrid (SFM), en el 91 510 81 00 a cualquier hora: se desplaza a la casa, al hospital o a la residencia y hace todos los trámites. No es obligatorio usar SFM: cualquier funeraria privada puede hacer el servicio, y puedes elegir libremente el tanatorio, sea municipal o privado. La Comunidad de Madrid recuerda que la funeraria está obligada a darte los precios desglosados, que debes exigir un presupuesto por escrito de todo el servicio y que no tienes por qué contratar todo con la misma empresa. Desconfía de los comerciales que se acercan en el propio hospital en ese momento.

  3. Comprueba si había seguro de decesos

    Muchas familias latinas pagan un seguro de decesos sin que el resto lo sepa: busca papeles o recibos del banco. Si lo hay, la aseguradora debe pagar los servicios incluidos en la póliza y tienes que llevar el número de póliza y el último recibo. Aunque haya seguro, puedes elegir tanatorio y crematorio. Pide a la aseguradora la lista exacta de lo que cubre y, si quieres añadir algo, un presupuesto aparte. Al final pide la liquidación: si el servicio costó menos de la suma asegurada, la diferencia es para el tomador o sus herederos. Si tienes un problema, reclama primero al servicio de atención al cliente de la aseguradora (tiene un mes para responder) y después a la Dirección General de Seguros.

  4. Si no podéis pagarlo, pide el servicio funerario gratuito

    El Ayuntamiento de Madrid, a través de SFM, presta un servicio funerario gratuito de carácter social, regulado desde el 31 de diciembre de 2025 en el Reglamento 16/2025. Es para muertes ocurridas en el municipio de Madrid cuando la persona estaba empadronada en Madrid o no consta empadronada en ningún otro municipio de España, no tenía seguro de decesos ni otra cobertura, y ni ella ni sus familiares obligados a pagar (cónyuge, padres e hijos) tienen medios. Se considera que el fallecido no tenía medios si cobraba lo mismo o menos que una pensión no contributiva y no tenía ahorros suficientes; y que la familia no los tiene si sus ingresos por persona son iguales o inferiores a dos veces el IPREM mensual. Lo puede pedir cualquier familiar, vecino o amigo, presentando una declaración responsable en cualquiera de los tanatorios de SFM; el servicio empieza desde ese momento. Si falta algún papel tienes un mes para completarlo, y en casos de vulnerabilidad el gerente puede eximirte de algún documento. Si no hay familia o hay una emergencia social, lo piden directamente los servicios sociales municipales.

  5. Reúne los papeles del servicio gratuito

    Con la declaración responsable se presenta: documento de identidad del fallecido (vale el pasaporte de tu país), certificado de defunción o la documentación judicial, certificado de empadronamiento en Madrid, papeles que prueben los ingresos del fallecido y de los familiares obligados a pagar (de Hacienda, Seguridad Social o servicios sociales) y el documento de identidad de esos familiares con el parentesco. SFM puede consultar por su cuenta los datos que ya tiene el Ayuntamiento o las bases de datos públicas, salvo que te opongas. Ojo: si después se comprueba que no se cumplían los requisitos o hay datos falsos, la familia tendrá que pagar el servicio.

  6. Entiende qué incluye el servicio gratuito

    Incluye recogida y traslado del cuerpo, acondicionamiento, féretro, todos los trámites y el entierro o la incineración en cementerios y crematorios municipales. Solo hay velatorio si la familia lo pide expresamente, y en el tanatorio que elija SFM. El entierro se hace en un nicho temporal de 10 años en el Cementerio Sur, o en una sepultura de la familia si tiene una en un cementerio municipal. Si el familiar más cercano lo pide, se incinera y las cenizas se entregan en una urna básica identificada. No se puede añadir ningún otro servicio. Si la familia es la titular del nicho, en 10 años tendrá que renovarlo o trasladar los restos.

  7. Elige tanatorio y velatorio

    Los dos tanatorios municipales abren las 24 horas todo el año y tienen salas con aseo privado, cafetería, sala multiconfesional y parking. El Tanatorio M-30 (28 salas) está en la calle Salvador de Madariaga 11, cerca del metro Barrio de la Concepción y Parque de las Avenidas (línea 7) y de los autobuses 53 y 122. El Tanatorio Sur (42 salas) está en la calle Ildefonso González Valencia 1, junto al Cementerio y el Crematorio Sur, con metro Pan Bendito (línea 11) y Plaza Elíptica (línea 6). Tarifas 2026 sin IVA: sala de velatorio 633,04 euros, sala de estancia mínima 324,83 euros y sala de despedida 76,23 euros. Velar no es obligatorio.

  8. Decide entre entierro e incineración

    Tarifas que publica SFM para 2026, sin IVA: incineración 580,16 euros; nicho temporal de 10 años 1.213,97 euros y de 30 años 1.808,36 euros; nicho de 75 años 3.145,74 euros; sepultura de 75 años desde 5.415 euros; y a eso se suma la inhumación del cuerpo, 301,48 euros. Para cenizas: columbario de pared 610,09 euros más 65,28 euros por depositarlas, o esparcirlas en el Jardín del Recuerdo de la Almudena o del Sur por 38,65 euros. Una urna básica de metal cuesta 143,90 euros. En SFM, el servicio integral básico cuesta 1.299,40 euros, el estándar 2.204,06 euros y el plus 2.701,82 euros, sin IVA. Para enterrar o incinerar se necesita el certificado médico, el DNI o pasaporte del fallecido y de quien contrata, y el título del nicho si ya tenéis uno. Los crematorios están en la avenida de Daroca 96 (91 510 84 54) y en el Cementerio Sur (91 510 83 05).

  9. Deja que la funeraria inscriba la defunción

    Toda muerte ocurrida en Madrid se inscribe en el Registro Civil del lugar del fallecimiento, aunque la persona fuera extranjera o no tuviera papeles. En la ciudad es el Registro Civil Único de Madrid, calle de Pradillo 64-66 (información en el 012). Se presenta el certificado médico, una copia del DNI o pasaporte del fallecido y el impreso oficial de declaración firmado por un familiar, que autoriza a la funeraria. Pueden pedirla los parientes, el hospital o cualquiera que sepa de la muerte, pero en la práctica la hace la funeraria: SFM lo hace gratis al contratar el servicio. Si vas tú en persona, pide cita previa gratuita en gestiona.comunidad.madrid/ctac_cita/registro.

  10. Pide los certificados de defunción

    El certificado de defunción se puede pedir pasadas 24 horas desde la muerte, y es gratis en sede.mjusticia.gob.es. Lo vas a necesitar para la baja en la Seguridad Social, la pensión de viudedad u orfandad, el banco, el contrato de alquiler o el consulado de tu país. Pasados 15 días hábiles puedes pedir el certificado de últimas voluntades, que dice si dejó testamento, y el de seguros de vida; los dos son necesarios para la herencia. El impuesto de sucesiones en la Comunidad de Madrid se presenta en 6 meses desde la muerte, y la factura del funeral puede descontarse.

  11. Cuida los trámites del nicho después

    El nicho o la sepultura no se compran para siempre: es una concesión por años. Si eres titular, mantén tu dirección actualizada (se cambia con el formulario de contacto de sfmadrid.es adjuntando el DNI) para que te avisen del vencimiento. Un nicho temporal de 10 años se puede ampliar: en 2026, pasarlo a 30 años (hasta 2056) cuesta 594,39 euros y a 75 años (hasta 2101), 1.931,77 euros. Si muere el titular, sus herederos deben hacer el cambio de titularidad (113,23 euros de tramitación). Estas gestiones se hacen con cita previa en las oficinas del Cementerio de la Almudena: información 91 510 84 64, cambios de titularidad 91 510 84 28, traslados 91 510 82 03. Las exhumaciones no se pueden hacer antes de 12 meses desde la muerte.

  12. Si queréis llevarlo a tu país

    SFM y las funerarias privadas gestionan traslados internacionales del cuerpo o de las cenizas, pero son caros y algunos consulados ayudan a familias sin recursos: lo explicamos paso a paso en la guía nacional de fallecimiento y repatriación de CoraLatino.

Lista de documentos

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Ojo con esto

  • Antes de firmar nada, compara: las tarifas de SFM son públicas y están en el portal de transparencia de sfmadrid.es; los precios que te dan son sin IVA, así que súmalo.
  • No hace falta velatorio para despedirse: una sala de despedida en el tanatorio municipal cuesta 76,23 euros frente a los 633,04 de una sala de velatorio completa.
  • Si la persona no tenía papeles, igual tiene derecho al servicio gratuito: el reglamento pide estar empadronado en Madrid o no estarlo en ningún otro municipio, no tener permiso de residencia.
  • Si cuesta demostrar los ingresos de familiares que viven en tu país, explícalo por escrito al contestar el requerimiento: en casos de vulnerabilidad se puede eximir de algún documento.
  • La incineración es mucho más barata que repatriar un cuerpo y las cenizas viajan sin exigencias sanitarias especiales; muchas familias latinas eligen esta opción.
  • Guarda todas las facturas del funeral: sirven para la herencia, para la liquidación del seguro y para posibles reclamaciones.
  • Si tienes un problema con la funeraria, pide la hoja de reclamaciones; si no te la dan, puedes llamar a la Policía Municipal y reclamar también ante Consumo de la Comunidad de Madrid.
  • SFM ofrece apoyo psicológico en el duelo con la Fundación ASISPA; pregunta por él en el tanatorio si lo necesitas.

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