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Declaración de la renta en Madrid 2026 siendo extranjero: dónde te la hacen gratis y deducciones de la Comunidad de Madrid

Revisada 17·10·202613 min de lectura

En resumen

Si vives en Madrid, la renta se presenta a la Agencia Tributaria estatal, pero tu parte autonómica es la de la Comunidad de Madrid, que tiene la escala más baja (del 8,5 % al 20,5 %) y deducciones propias que el borrador casi nunca incluye, como el 30 % del alquiler hasta 1.237,20 € si tienes menos de 40 años o 721,70 € por cada hijo nacido o adoptado. Puedes hacerla gratis por teléfono con el plan Le Llamamos o en persona, con cita, en una oficina de Hacienda. La renta 2025 se presentó del 8 de abril al 30 de junio de 2026; la renta 2026 se presentará en primavera de 2027 y trae una deducción madrileña nueva para jóvenes que trabajan y estudian. Tus papeles de extranjería no cambian nada: si eres residente fiscal, declaras igual que un español.

Quién declara
Los residentes fiscales con más de 22.000 € de sueldo de un pagador, o más de 15.876 € si el segundo y siguientes pagadores suman más de 1.500 €. Los autónomos, siempre
Ayuda gratis
Le Llamamos (Hacienda te llama) o atención presencial con cita. Cita en la sede o la app de la Agencia Tributaria, en el 91 553 00 71 o 901 22 33 44 (lunes a viernes, 9 a 19 h) o en el 91 535 73 26 o 901 12 12 24 (automático, 24 h)
Oficinas de Hacienda en Madrid capital
Delegación Especial y Administración Guzmán el Bueno (c. Guzmán el Bueno 139), Montalbán (c. Montalbán 6), María de Molina (c. Núñez de Balboa 116), Madrid Norte (c. Fermín Caballero 66), Madrid Suroeste (c. Guareña 20) y Madrid Este (c. Pobladura del Valle 15 y av. Vinateros 51). Lunes a viernes, 9:00 a 14:00, con cita
Deducción madrileña por alquiler
30 % del alquiler, hasta 1.237,20 € al año, si tienes menos de 40 años, el alquiler supera el 20 % de tu base imponible y tu base no pasa de 26.414,22 € (37.322,20 € en conjunta). Hace falta el resguardo de la fianza depositada en la Comunidad
Escala de la Comunidad de Madrid 2025
8,5 % hasta 13.362,22 €; 10,7 % hasta 19.004,63 €; 12,8 % hasta 35.425,68 €; 17,4 % hasta 57.320,40 €; 20,5 % a partir de ahí. Se suma a la escala estatal
Próxima campaña
Renta 2026: primavera de 2027 (fechas aún no publicadas). La renta 2025 fue del 8 de abril al 30 de junio de 2026 (domiciliación hasta el 25 de junio)
Dudas por teléfono
Renta Información de Hacienda: 91 554 87 70, lunes a viernes de 9 a 19 h. Fianzas de alquiler de la Comunidad de Madrid: 012 (91 580 42 60 desde fuera de Madrid)

Qué tienes que hacer

  1. Comprueba si eres residente fiscal

    Eres residente fiscal en España si pasas aquí más de 183 días del año natural o si aquí tienes el núcleo principal de tus actividades o intereses económicos; además, se presume que lo eres si aquí viven tu cónyuge y tus hijos menores. No importa si tienes NIE, TIE o estás en situación irregular: Hacienda solo mira dónde vives y ganas tu dinero. El primer año es la clave: si llegaste a Madrid antes de julio, normalmente ese año ya eres residente y haces la renta por todo el año, incluido lo que ganaste en tu país antes de venir. Si llegaste a partir del 2 de julio y tu familia y tus intereses seguían allí, ese año no eres residente: no haces la renta, y si cobraste algo en España tributas como no residente. Para saber si te toca la Comunidad de Madrid se mira dónde pasaste más días del año; si te mudaste desde otra comunidad a mitad de año, aplicas Madrid solo si aquí estuviste más tiempo.

  2. Mira si estás obligado a declarar

    En la renta 2025 no tenías que declarar si solo cobraste sueldo de un pagador y no pasaste de 22.000 € brutos al año. El límite baja a 15.876 € si tuviste dos o más pagadores y lo que te pagaron el segundo y los siguientes suma más de 1.500 € (pasa mucho con quien cambia de trabajo o cobra paro después de un contrato), si cobras una pensión compensatoria o si tu pagador no estaba obligado a retenerte. Otros límites: 1.600 € de intereses o ganancias con retención y 1.000 € de rentas inmobiliarias imputadas. Si fuiste autónomo aunque fuera un día, declaras siempre. Aunque no estés obligado, hazla si te sale a devolver o si quieres aplicar deducciones de Madrid: solo las recuperas presentando la declaración. La guía nacional de la declaración de la renta explica todos los casos.

  3. Consigue tu acceso antes de la campaña

    Para Renta WEB o la app de la Agencia Tributaria necesitas Cl@ve Móvil, certificado digital o número de referencia. El número de referencia se pide con tu NIE, el número de soporte de tu TIE o certificado de registro y la casilla 0505 de tu renta del año anterior. Si es la primera vez que declaras, en lugar de la casilla 0505 te piden el IBAN de una cuenta en un banco español de la que fueras titular a 31 de diciembre del año que declaras: por eso conviene tener cuenta a tu nombre antes de que acabe el año. En la campaña de 2026 el número de referencia se pudo pedir desde el 11 de marzo. Para Cl@ve puedes registrarte por internet o en una oficina de Hacienda con cita; hazlo en invierno, porque en mayo y junio las citas vuelan.

  4. Revisa el borrador y tu comunidad

    Desde mediados de marzo puedes ver tus datos fiscales. Comprueba que tu comunidad de residencia es Madrid, que tu domicilio es correcto y que aparecen todos tus pagadores, también el SEPE si cobraste paro. Hacienda calcula sola la parte estatal y la madrileña. La Comunidad de Madrid tiene un mínimo personal más alto que el estatal (5.956,65 € frente a 5.550 € en general) y la escala autonómica más baja, que empieza en el 8,5 %. Desde 2025 hay además una deducción estatal para sueldos bajos: si tus rendimientos del trabajo son inferiores a 18.276 € y no tienes otras rentas de más de 6.500 €, te reduce o elimina el impuesto. Lo que el borrador casi nunca trae son las deducciones madrileñas: las tienes que añadir tú, aunque desde 2026 Renta WEB avisa en algunos casos de que podrías tener derecho a alguna.

  5. Añade la deducción por alquiler si tienes menos de 40 años

    Si a 31 de diciembre tienes menos de 40 años y alquilas tu vivienda habitual en la Comunidad de Madrid, puedes deducir el 30 % de lo que pagaste en el año, con un máximo de 1.237,20 € (el mismo en individual y en conjunta). Requisitos: lo que pagas de alquiler tiene que superar el 20 % de tu base imponible (general más ahorro); tu base no puede pasar de 26.414,22 € en individual o 37.322,20 € en conjunta; y la suma de bases de toda tu unidad familiar no puede pasar de 61.860 €. Además, necesitas el resguardo de que el casero depositó tu fianza en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, o copia de la denuncia que presentaste allí si no te lo dio. Solo deduce quien firma el contrato: si tu pareja vive contigo pero no está en el contrato, ella no puede. Los contratos de temporada valen si el contrato duró al menos un año. La Ley 5/2024 de la Comunidad de Madrid la extendió a todos los inquilinos menores de 40 años.

  6. Consigue el resguardo de la fianza

    Muchos caseros en Madrid no depositan la fianza o no dan el resguardo, y sin él Hacienda te puede quitar la deducción del alquiler. Pide al casero el resguardo del depósito. Si no te lo da, presenta la «Solicitud / Denuncia de acreditación de depósito» en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid (sede.comunidad.madrid, apartado de acreditación de depósito de fianzas) con el formulario y una copia del contrato, o en persona con cita en la Agencia de Vivienda Social, calle Basílica 23 (28020 Madrid). Según la Comunidad, para la deducción basta la copia de esa solicitud o denuncia. La cita se pide en el 012 o en gestiona.comunidad.madrid/ctac_cita/viv_social. Hazlo antes de la campaña, no en junio.

  7. Revisa las deducciones por hijos

    Nacimiento o adopción: 721,70 € por cada hijo nacido o adoptado desde 2023, el año del nacimiento y los dos siguientes; en partos múltiples, el primer año se suman 721,70 € más por cada hijo adicional. Si los dos padres declaran por separado, se reparte a medias. Límite: tu base no puede pasar de 30.930 € (37.322,20 € en conjunta) y la de la unidad familiar, de 61.860 €. Gastos educativos de hijos que den derecho al mínimo por descendientes: 15 % de la escolaridad en centros privados no concertados (máximo 927,90 € por hijo, o 1.031 € en el primer ciclo de Infantil, de 0 a 3 años), 15 % de clases de idiomas como extraescolar u oficial y 5 % del uniforme (máximo 412,40 € por hijo por idiomas y uniforme); se restan las becas, y la base de la familia no puede pasar de 30.930 € por cada miembro. Cuidado de hijos menores de 3 años: si tienes contratada a una empleada de hogar dada de alta al menos 40 horas al mes y tú y el otro progenitor trabajasteis dados de alta al menos 183 días, deduces el 25 % de las cuotas pagadas a la Seguridad Social, hasta 463,95 € (40 % y 618,60 € si sois familia numerosa).

  8. Mira las otras deducciones madrileñas

    Familias con dos o más hijos e ingresos bajos: si tienes dos o más descendientes que te dan derecho al mínimo y la suma de bases (la tuya, la del otro progenitor que aplique el mínimo y la de los hijos) no pasa de 24.744 €, deduces un 10 % adicional de tu cuota autonómica. Familia numerosa con título obtenido desde 2023: el 50 % de la cuota autonómica en categoría general (hasta 6.186 € en individual) o el 100 % en especial, el año del título y los dos siguientes. Cuidado de padres o abuelos mayores de 65 años o con discapacidad del 33 % o más por los que apliques el mínimo por ascendientes: 515,50 € por cada uno. Si tú eres el casero y alquilas un piso que llevaba al menos un año vacío, con contrato de vivienda de al menos tres años, deduces 1.000 € por vivienda el año del contrato; y el 10 % de los gastos de alquilarla (reparaciones, seguro de impago, certificado energético), hasta 154,65 €. Las dos exigen la fianza depositada.

  9. Declara lo de tu país y no confundas las remesas

    Como residente fiscal declaras lo que ganas en todo el mundo: un alquiler, intereses o una pensión en Colombia, Perú o Venezuela van en tu renta española, y restas lo que ya pagaste allí con la deducción por doble imposición internacional (y lo que diga el convenio con tu país, si lo hay). El dinero que envías a tu familia no desgrava. Si tienes fuera más de 50.000 € en cuentas, en valores o en inmuebles (cada bloque por separado), además presentas el modelo 720, que es solo informativo, del 1 de enero al 31 de marzo. Si tu familia te regala dinero, no va en la renta: es una donación que se declara en el impuesto de donaciones, que gestiona la Comunidad de Madrid; antes de recibir una cantidad grande, pregunta en el 012.

  10. Pide cita para que te la hagan gratis

    En la campaña de la renta 2025 hubo dos vías gratuitas. Le Llamamos: pedías cita del 29 de abril al 29 de junio y un técnico te llamaba a partir del 6 de mayo para hacerla contigo por teléfono. Presencial: cita del 29 de mayo al 29 de junio y atención desde el 1 de junio, en las oficinas de Hacienda y de las administraciones que colaboran con ella. En Madrid capital hay siete sedes de Hacienda con atención al público y en la provincia hay oficinas en Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Aranjuez, Arganda, Colmenar Viejo, El Escorial, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Pozuelo de Alarcón y Torrejón de Ardoz. La cita es la misma para todos: sede o app de la Agencia Tributaria, 91 553 00 71 o 901 22 33 44 (con persona, lunes a viernes de 9 a 19 h) o 91 535 73 26 o 901 12 12 24 (automático, 24 h); con la app puedes filtrar oficinas por código postal. Ten a mano tu NIE o TIE, tu IBAN, las referencias catastrales de tu casa y del piso alquilado, el contrato de alquiler y el resguardo de la fianza. Para la renta 2026 las fechas se anunciarán en primavera de 2027; normalmente la cita telefónica abre un mes antes que la presencial.

  11. Presenta, paga o espera la devolución

    Guarda el justificante de presentación. Si sale a pagar puedes domiciliarlo (en la renta 2025, hasta el 25 de junio) o fraccionarlo sin intereses: el 60 % al presentar y el 40 % hasta el 5 de noviembre. Si sale a devolver, comprueba que el IBAN es tuyo y sigue el estado en la app o en la sede. Las primeras devoluciones llegan en pocos días; Hacienda tiene seis meses desde el fin del plazo (hasta el 31 de diciembre si presentaste en plazo) para devolverte, y si tarda más por su culpa te paga intereses de demora sin que lo pidas. Si te piden documentos, contesta por la sede con Cl@ve dentro del plazo que marca la carta. Si se te pasó el plazo y sale a devolver, preséntala igual: no hay recargo. Si sale a pagar, el recargo es del 1 % más un 1 % por cada mes de retraso.

  12. Corrige errores y prepara la renta 2026

    Si te olvidaste de la deducción por alquiler o por hijos, no hace falta esperar: presenta una autoliquidación rectificativa desde Renta WEB (opción «Modificar declaración ya presentada») y pide que te devuelvan la diferencia; tienes cuatro años. Para la renta 2026, que harás en 2027, hay una novedad madrileña: los menores de 30 años dados de alta en la Seguridad Social al menos 300 días del año que estudien un grado universitario oficial o un FP de grado superior podrán deducir el 50 % de la matrícula, hasta 400 € (Ley 6/2025 de Presupuestos de la Comunidad de Madrid para 2026, en vigor desde el 1 de enero de 2026). No vale si trabajas con contrato de formación. Y el Real Decreto-ley 29/2026, en vigor desde el 8 de octubre de 2026, recupera una deducción estatal del 10 % del alquiler para bases imponibles inferiores a 33.007,20 €, pero aún tiene que convalidarlo la Diputación Permanente del Congreso: revisa en 2027 si sigue vigente y cómo se combina con la madrileña.

Lista de documentos

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Ojo con esto

  • La deducción madrileña por alquiler es la que más gente pierde. Si tienes menos de 40 años y pagas un alquiler alto para lo que ganas, mira si supera el 20 % de tu base: son hasta 1.237,20 € al año.
  • Si alquilas una habitación sin contrato o pagas en efectivo sin recibo, no podrás justificar la deducción. Pide contrato a tu nombre, paga por transferencia y exige el resguardo de la fianza.
  • Si el casero no te da el resguardo de la fianza, la solicitud o denuncia de acreditación ante la Comunidad de Madrid te sirve para la deducción. Es un trámite previsto en la propia ley madrileña, no una pelea con tu casero.
  • Con dos pagadores y más de 15.876 € tienes que declarar, y es normal que salga a pagar: el segundo pagador te retuvo poco. No es un error de Hacienda; guarda dinero para junio.
  • El primer año cuenta. Si llegaste antes de julio, ese año ya eres residente fiscal y declaras también lo que ganaste antes en tu país. Si llegaste después, normalmente no haces la renta de residentes ese año.
  • Hacienda no cobra por hacerte la renta. Si una ONG o un sindicato te ofrece ayuda, pregunta antes si es gratis o solo para socios. Y desconfía de SMS o correos con enlaces para cobrar una devolución: entra siempre tú en la sede o la app.
  • Pide la cita en cuanto se abra el plazo. En 2026 la telefónica abrió el 29 de abril y la presencial el 29 de mayo,, y las dos cerraron el 29 de junio.
  • Hacer la renta, aunque no estés obligado, deja constancia oficial de tus ingresos y de que vives en España. Guarda siempre el justificante: es uno de los papeles que más se piden para acreditar medios económicos.

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