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Si la policía te para sin papeles en España (2026): multa o expulsión, CIE, plazos y cómo defenderte

Revisada 13·10·202612 min de lectura

En resumen

Estar en España sin permiso es una infracción administrativa grave, no un delito: puede acabar en una multa de 501 a 10.000 € o en una orden de expulsión con prohibición de volver de hasta 5 años, nunca las dos cosas. Según el Tribunal Supremo, la multa es la sanción preferente y la expulsión exige motivos agravantes concretos. Tienes derecho a abogado e intérprete gratis si no tienes recursos, y solo 48 horas (procedimiento preferente) o 15 días (ordinario) para presentar alegaciones.

Qué es
Infracción grave del art. 53.1.a de la Ley de Extranjería (LOEX). No es delito y no genera antecedentes penales
Qué te pueden imponer
Multa de 501 a 10.000 € (preferente) o expulsión con prohibición de entrada de hasta 5 años (10 en casos muy graves). Nunca ambas
Plazo para defenderte
48 horas en el procedimiento preferente; 15 días en el ordinario, más otros 15 tras la propuesta de resolución
Abogado e intérprete
Derecho a abogado de oficio e intérprete, gratis si no tienes recursos (art. 22 LOEX)
CIE
Solo con orden de un juez y como máximo 60 días; no durante el procedimiento ordinario ni en su plazo de salida voluntaria, y nunca para menores
Recurso
Reposición en 1 mes o recurso contencioso-administrativo en 2 meses ante el juzgado

Qué tienes que hacer

  1. Si la policía te para en la calle

    Mantén la calma y no huyas ni des datos falsos. La policía puede pedirte que te identifiques y debe hacerlo sin discriminarte por tu origen o nacionalidad (art. 16 de la Ley de Seguridad Ciudadana). Enseña tu pasaporte o documento de identidad aunque esté caducado: la ley te obliga a conservarlo y el Supremo considera agravante estar sin ningún documento que permita identificarte. Si no pueden identificarte allí, pueden llevarte a comisaría solo para eso y como máximo 6 horas; al salir deben darte un volante con la hora, el motivo y la identidad de los agentes. Guárdalo.

  2. Si te detienen: tus derechos

    Para un expediente de expulsión la policía puede detenerte de forma cautelar un máximo de 72 horas; antes de que acaben, o te sueltan o te llevan ante un juez. Tienes derecho a abogado (de oficio si no tienes uno) y a intérprete si no entiendes bien el español, gratis si no tienes recursos. La detención se comunica al consulado de tu país. Pide hablar con el abogado antes de firmar nada que no entiendas. Si te retienen más tiempo del legal o sin respetar tus derechos, tu abogado o un familiar pueden pedir al juez de instrucción del lugar un habeas corpus.

  3. Lee bien el acuerdo de iniciación

    El expediente empieza con un acuerdo por escrito que debe decir los hechos, la sanción que te pueden poner, quién instruye, tu derecho a abogado e intérprete y que una expulsión lleva consigo prohibición de entrada. Fíjate en qué procedimiento es. El preferente se usa con estancia irregular si hay riesgo de que no te presentes (no tener domicilio ni documentos, no poder probar que entraste legalmente en Schengen o haber incumplido una salida obligatoria anterior), si dificultas la expulsión o si eres un riesgo para el orden público. En cualquier otro caso es el ordinario.

  4. Presenta alegaciones dentro de plazo

    Tienes 48 horas en el preferente y 15 días en el ordinario. Si no alegas nada, el acuerdo de iniciación pasa a ser la propuesta de resolución y te pueden sancionar sin más. Con tu abogado, pide que en lugar de la expulsión se imponga multa, aporta pruebas de identidad, domicilio, familia, trabajo, estudios y tiempo en España, y propone pruebas (en el preferente se practican en un máximo de 3 días; en el ordinario el periodo es de 10 a 30 días). Después te notificarán la propuesta de resolución y tendrás otro plazo para alegar: 48 horas en el preferente y 15 días en el ordinario.

  5. Multa o expulsión: lo que dicen los tribunales

    El Tribunal de Justicia de la UE dijo en 2015 (asunto Zaizoune, C-38/14) que la directiva europea de retorno se opone a castigar la estancia irregular con una simple multa que no obligue a la persona a marcharse, y durante años los tribunales españoles dejaron de aplicar la multa. Pero en su sentencia de 3 de marzo de 2022 (C-409/20) aceptó el sistema español: multa acompañada de una orden de salida en un plazo durante el cual puedes regularizarte. Con esa base, el Supremo (sentencia 1140/2023, de 18 de septiembre) fijó que la multa es la sanción preferente y que la expulsión exige valorar en tu caso concreto circunstancias agravantes, por ejemplo no tener ningún documento de identidad o haber incumplido una orden de salida anterior. Si después aportas tu pasaporte, ese agravante desaparece.

  6. Si piden tu ingreso en un CIE

    El Centro de Internamiento de Extranjeros no es una cárcel y solo puede acordarlo un juez de instrucción, tras oírte a ti y al fiscal, en el procedimiento preferente o para ejecutar una expulsión ya dictada. El juez valora sobre todo si tienes domicilio y documentos, tus antecedentes y si has intentado evitar la expulsión. El máximo es de 60 días y no pueden volver a internarte por el mismo expediente: si no te expulsan en ese tiempo, te dejan en libertad. Dentro tienes derecho a abogado, intérprete, médico, a llamar a tu familia y al consulado y a contactar con ONG. En lugar del CIE el juez o el instructor pueden ordenar medidas más leves, como presentarte periódicamente o retirarte el pasaporte.

  7. Si te notifican una orden de expulsión

    La orden lleva una prohibición de entrada en España de hasta 5 años (hasta 10 si eres una amenaza grave), que se extiende a los países con los que España tiene acuerdo en esa materia; además se extingue cualquier permiso que tuvieras y se archiva cualquier trámite de residencia en curso. Si viene del procedimiento preferente se ejecuta de inmediato. Si viene del ordinario te dan entre 7 y 30 días para salir por tu cuenta (menos de 15 solo si lo justifican por escrito), prorrogables por tu arraigo o hijos en el colegio; si tienes a tu cargo menores escolarizados, no pueden ejecutarla hasta que acabe el curso salvo que el otro progenitor resida en España y pueda cuidarlos.

  8. Recurre a tiempo

    La resolución de expulsión o multa pone fin a la vía administrativa. Puedes presentar recurso de reposición ante el mismo órgano en 1 mes o ir directamente al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en 2 meses desde la notificación. Para el juzgado necesitas abogado: pide justicia gratuita en el Colegio de Abogados si no tienes recursos. Si estás detenido o en un CIE puedes decir que quieres recurrir ante el Delegado o Subdelegado del Gobierno o ante el director del CIE, que lo harán constar en un acta. Como la expulsión preferente se ejecuta enseguida, tu abogado puede pedir al juez una medida cautelar urgente, que se resuelve en 2 días. Si ya estás fuera de España, puedes recurrir a través del consulado español.

  9. Si sales de España en el plazo voluntario

    Si tu expediente es por estancia irregular o por trabajar sin permiso y sales de España mientras se tramita, no te pondrán prohibición de entrada; si sales dentro del plazo de cumplimiento voluntario, te la revocan. Para eso debes comunicar la salida: rellenando en la frontera el impreso de salida de la policía o presentándote después en el consulado español con pruebas de la fecha en que saliste. Si tienes una orden de expulsión por estancia irregular o trabajo sin permiso, no has incumplido antes un plazo de salida voluntaria y puedes pagarte el viaje, el Delegado o Subdelegado del Gobierno puede cambiarla, de oficio o a petición tuya, por una salida obligatoria, pero solo si tu nacionalidad necesita visado Schengen (por ejemplo, Bolivia, Cuba, Ecuador o República Dominicana).

  10. Cómo afecta a tu arraigo y cómo quitártela

    Una orden de expulsión, o un expediente abierto en el que pueden proponerla, permite inadmitir tus solicitudes de residencia. Pero si tu expulsión es por estancia irregular o trabajo sin permiso y pides un arraigo u otro permiso por circunstancias excepcionales del que se vea claramente que cumples los requisitos, la expulsión debe revocarse. Si ya habías pedido el arraigo antes de que empezara el expediente, este se suspende hasta que lo resuelvan. Además, el expediente caduca si no te notifican la resolución en 6 meses, y la sanción de expulsión prescribe a los 2 años, contados desde que termina el periodo de prohibición de entrada. Revisa tu situación con la guía de consulta del expediente y con un abogado.

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Ojo con esto

  • No ignores las cartas de Extranjería ni de la policía. Tener un domicilio estable y empadronarte reduce el riesgo de que te apliquen el procedimiento preferente y te lleven a un CIE, porque la falta de domicilio es justo lo que miran para decidirlo.
  • Una multa no es una expulsión: no aparece entre las causas para inadmitir un arraigo. Págala en los 15 días siguientes a que sea firme o pasará a cobro por vía de apremio. Lee la orden de salida que la acompaña y pide asesoría para regularizarte dentro de ese plazo.
  • Si eres residente de larga duración, naciste en España y llevas 5 años de residencia legal, fuiste español de origen o cobras una prestación por desempleo o de incapacidad por accidente laboral, no te pueden expulsar por estancia irregular salvo reincidencia en un año. La protección alcanza a tu cónyuge con más de 2 años de residencia legal y a tus hijos menores a cargo.
  • Si tu pareja o tu hijo es español o de otro país de la UE, díselo enseguida al abogado: puede abrirte la residencia de familiar (mira nuestra guía de familiar de ciudadano UE o español) y es un argumento fuerte contra la expulsión.
  • Si eres víctima de violencia de género o sexual y denuncias, no te pueden abrir expediente por estancia irregular y se suspende el que tengas. Si eres víctima de trata o de explotación laboral y colaboras con la policía, también puedes quedar libre de sanción.
  • Pedir asilo suspende la ejecución de la expulsión hasta que se inadmita o se resuelva tu solicitud. Las mujeres embarazadas y las personas enfermas no pueden ser expulsadas si eso pone en riesgo su salud. Los menores nunca entran en un CIE.
  • No vuelvas a España mientras dure la prohibición de entrada: te devolverían sin expediente y el plazo de prohibición volvería a empezar.
  • Desconfía de quien te cobre por anular una expulsión en días o asegure que tiene contactos. El abogado de oficio es gratis si no tienes recursos; mira nuestra guía de abogados gratis y busca apoyo en ONG de extranjería.
  • Los plazos se cuentan desde la notificación. 48 horas pasan muy rápido: llama al Colegio de Abogados o a una ONG en cuanto te entreguen el acuerdo de iniciación.
  • Si te encuentran trabajando sin permiso, el expediente por esa infracción (art. 53.1.b de la LOEX) lo inicia la Inspección de Trabajo con un acta. Para revocar una expulsión cuando después consigues un permiso por arraigo, se trata igual que la estancia irregular.

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