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Visa de estudios en España 2026: requisitos, cómo pedirla y trabajar mientras estudias

Revisada 12·10·202614 min de lectura

En resumen

Para estudiar en España más de 90 días necesitas la autorización de estancia de larga duración por estudios: la pides con el visado de estudios en el consulado de tu país o, si ya estás en España de forma regular, en la Oficina de Extranjería. Tienes que demostrar la admisión en un centro reconocido, 600 € al mes (100 % del IPREM), un seguro médico completo y, si te quedas más de seis meses, no tener antecedentes penales. El visado cuesta 90 € (en moneda local), la vía desde España 10,94 €, y con estudios superiores puedes trabajar hasta 30 horas a la semana sin pedir otro permiso.

Qué es
Una autorización de estancia de larga duración por estudios (no es una residencia). Cubre carrera, máster, doctorado, FP y otros estudios a tiempo completo
Cuánto cuesta
Visado nacional: 90 € en moneda local (los colombianos están exentos en Bogotá). Desde España: 10,94 € (tasa 052). Prórroga: 17,49 €. Primera TIE: 16,08 €
Dinero que debes demostrar
600 € por cada mes de estancia (100 % del IPREM), más 450 € al mes por el primer familiar y 300 € por cada uno de los demás. Lo que pagas de matrícula no cuenta
Cuánto tarda
Consulado: plazo legal de un mes, aunque en la práctica puede llegar a tres. Desde España: hasta dos meses (15 días si lo presenta tu universidad)
Trabajar
Hasta 30 horas a la semana. Con estudios superiores el permiso va incluido; si te pasas de esas horas, pierdes la autorización
Dónde
Consulado de España de tu lugar de residencia, o la Oficina de Extranjería de la provincia donde vas a estudiar (en persona o por internet en Mercurio)

Qué tienes que hacer

  1. Comprueba que tus estudios dan derecho a la autorización

    Valen los estudios superiores a tiempo completo en un centro reconocido: grado, máster oficial o título propio universitario, doctorado, enseñanzas artísticas superiores, FP de grado superior y Máster de FP. También el bachillerato, la FP de grado medio y algunas actividades formativas, como los cursos para preparar el MIR. «A tiempo completo» quiere decir que te matriculas al menos del 90 % de los créditos del curso. Los estudios universitarios pueden ser presenciales o híbridos; el resto debe tener al menos un 50 % de clases presenciales. Antes de pagar nada, busca el centro y el título en el RUCT (Registro de Universidades, Centros y Títulos) o en el registro de centros docentes no universitarios. Si el centro no está reconocido, te deniegan la autorización.

  2. Consigue plaza: acceso a la universidad, homologación y UNEDasiss

    Para un grado universitario con bachillerato de Latinoamérica, lo habitual es pedir la homologación de tu título al de Bachiller español en el Ministerio de Educación (plazo abierto todo el año; la tasa para el título de Bachiller es de 49,76 €). Con la solicitud te dan un «volante de inscripción condicional» para matricularte mientras se resuelve. Además, las universidades públicas y privadas piden la acreditación de UNEDasiss, que calcula tu nota de acceso (de 5 a 10). Si quieres optar a una carrera con nota de corte, puedes subir hasta 14 puntos con las Pruebas de Competencias Específicas (PCE). Colombia tiene un convenio que le da un trato especial: consulta en UNEDasiss el apartado de tu país. Para un máster oficial no necesitas homologar tu título de grado: la universidad comprueba tu nivel y te admite directamente. Cuando te admitan, paga la matrícula o la reserva de plaza, porque lo exige la autorización.

  3. Reúne el dinero, el seguro y los certificados

    Tienes que demostrar que puedes mantenerte sin pedir ayudas: 600 € por cada mes de estancia, salvo que acredites que ya tienes pagado el alojamiento de todo el periodo. Para un curso de 9 meses, por ejemplo, son 5.400 €. Sirven tus cuentas, una beca, el dinero que te envía tu familia acompañado de una carta de compromiso, o un contrato o una oferta de trabajo en firme. Contrata un seguro médico de una aseguradora autorizada en España que cubra lo mismo que la sanidad pública. Los consulados lo exigen sin copagos, sin carencias y sin límites, y que cubra desde un mes antes de que empiecen las clases hasta 15 días después del final. Si te vas a quedar más de seis meses y eres mayor de edad, pide el certificado de antecedentes penales de todos los países donde hayas vivido en los últimos cinco años. Apostilla o legaliza los documentos de tu país y, si no están en español, haz que los traduzca un traductor jurado.

  4. Opción A: pide el visado de estudios en el consulado de tu país

    Pide cita en el consulado de España de tu lugar de residencia; en algunos países, como Colombia, se presenta en una empresa externa (BLS). Hazlo al menos dos meses antes del inicio de las clases. Tienes que tener 17 años cumplidos para estudios superiores y 18 para bachillerato o FP de grado medio; si tienes 17 años y vives a cargo de otra persona, hace falta el permiso de ambos padres. Además de los documentos del paso anterior, por esta vía te piden un certificado médico que diga que no tienes enfermedades graves para la salud pública. El consulado envía tu expediente a la Oficina de Extranjería, que tiene 7 días para decidir sobre la autorización. Después, el consulado tiene un mes para darte el visado. Si no te responden en plazo, se entiende denegado. Cuando te lo concedan, tienes dos meses para recogerlo.

  5. Opción B: pídelo desde España si ya estás aquí de forma regular

    Si ya estás en España de forma regular (por ejemplo, como turista dentro de tus 90 días o con otra autorización) y eres mayor de edad, puedes pedir la autorización por estudios superiores sin volver a tu país. El bachillerato y la FP de grado medio solo se pueden pedir desde aquí si ya tienes residencia. Presenta el formulario EX-00 y paga la tasa 052 (10,94 €) en la Oficina de Extranjería de la provincia donde vas a estudiar, o por internet en Mercurio. Ojo con el plazo, porque es doble: al menos dos meses antes de que empiecen las clases y al menos dos meses antes de que termine tu estancia legal. Si llegaste como turista, en la práctica tienes que presentarlo en tu primer mes en España. Mientras se tramita, tu estancia legal se mantiene. Te tienen que contestar en dos meses; si no lo hacen, se entiende denegada. Si tu universidad está inscrita en el Registro de Instituciones y Centros de Enseñanza Superior, puede presentarla ella por vía electrónica, y entonces el plazo es de 15 días. Por esta vía no te piden certificado médico.

  6. Al llegar, saca la TIE en el plazo de un mes

    Si tu estancia es de más de seis meses, tienes un mes desde que entras en España (o desde que te conceden la autorización, si la pediste aquí) para pedir la Tarjeta de Identidad de Extranjero en la Policía. Lo haces en persona, con cita previa y pagando la tasa 790 012 (16,08 € la primera tarjeta). La autorización empieza a valer un mes antes del inicio de las clases y termina 15 días después de que acaben. En estudios superiores dura todo lo que duren oficialmente los estudios, aunque el visado se expide como mucho por un año. Si tu carrera dura más de un año, al empezar cada curso tienes que presentar la nueva matrícula para mantenerla. Mientras la tengas en vigor, puedes salir de España y volver a entrar las veces que quieras.

  7. Trabaja sin pasarte de 30 horas a la semana

    Si tu autorización es por estudios superiores, ya te permite trabajar por cuenta ajena o como autónomo, sin hacer ningún trámite más, siempre que el trabajo sea compatible con tus clases. El límite general es de 30 horas a la semana. Si lo superas, pierdes la autorización. En los demás casos (bachillerato, FP de grado medio, actividades formativas), la empresa o tú tenéis que pedir una autorización de trabajo, con una tasa de 122,30 €. Puedes trabajar en la comunidad autónoma donde te dieron la autorización y en las localidades limítrofes de otras comunidades. Las prácticas que forman parte de tu plan de estudios no necesitan ningún permiso adicional. Si trabajas, el alta en la Seguridad Social cuenta como tu seguro médico.

  8. Si viene tu familia

    Si estudias una carrera, un máster o un doctorado, pueden acompañarte tu cónyuge o pareja (registrada, o estable con al menos un año de convivencia demostrada), tus hijos menores y los hijos mayores que necesiten apoyo por discapacidad o enfermedad. Pueden pedir el visado a la vez que tú o más tarde, siempre que a tu autorización le queden al menos 90 días. Necesitan su propio seguro médico y, si son mayores de edad y van a estar más de seis meses, certificado de antecedentes penales. Además, tienes que demostrar 450 € al mes por el primer familiar y 300 € por cada uno de los demás. Tus familiares no pueden trabajar mientras sean titulares de esta autorización. Si tienes un hijo en España, pide su autorización en los seis meses siguientes al nacimiento.

  9. Si tus estudios se alargan, pide la prórroga a tiempo

    Si necesitas más tiempo del que te dieron (por ejemplo, porque repites curso o empiezas otros estudios), pide la prórroga por internet en los dos meses antes de que caduque tu autorización. Se admite hasta tres meses después de que caduque, pero entonces te pueden multar. Necesitas pasaporte con al menos un año de validez, la nueva matrícula, el dinero suficiente, el seguro y la tasa de 17,49 €. Cada prórroga cubre como mucho un curso (un año), y en estudios superiores y bachillerato se permiten hasta dos por autorización. Si no te contestan en un mes, se entiende denegada. Después, en el plazo de un mes, pide la nueva TIE.

  10. Al terminar: quédate a buscar trabajo o pasa a residencia y trabajo

    Tienes dos caminos sin volver a tu país. Primero: si terminaste un grado, un máster o un doctorado (nivel 6 o superior), puedes pedir la autorización de residencia para buscar empleo o emprender, que dura hasta 24 meses y no se puede prorrogar. La pides por internet entre 60 días antes y 90 días después de que caduque tu estancia. Solo te piden el título, el seguro médico y una declaración de que tienes con qué mantenerte; la tasa es de 10,94 € y, si no te contestan en 20 días, se entiende concedida. Segundo: si ya tienes una oferta de trabajo o un proyecto como autónomo, puedes pasar directamente a una autorización de residencia y trabajo de un año. Lo pides entre dos meses antes y tres meses después de terminar los estudios o de que caduque tu estancia. En cuanto la admiten a trámite, ya puedes trabajar a jornada completa. Esta segunda vía vale para estudios superiores, bachillerato, FP de grado medio y certificados profesionales, pero no si estudiaste con una beca de un programa de cooperación al desarrollo.

Lista de documentos

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Ojo con esto

  • Los cursos de español no valen para la autorización si eres latinoamericano: la norma excluye los cursos de idiomas en la lengua oficial de tu país. Un curso de catalán, de gallego o de euskera en una escuela oficial de idiomas sí puede valer.
  • Desconfía de las academias que venden «visa de estudios incluida» con cursos cortos, online o sin título reconocido. Si el centro no está en el RUCT o en el registro oficial que corresponda, o si menos del 50 % de las clases son presenciales, te denegarán la autorización y perderás la matrícula.
  • El seguro es el motivo de rechazo más habitual. No sirven los seguros de viaje, los de reembolso ni los que se renuevan solos a mitad de los estudios. Pide un certificado de la aseguradora con número de póliza, coberturas y fechas, no un presupuesto del corredor.
  • Si eres de un país que no necesita visado para entrar en España como turista, puedes entrar como turista y pedir la autorización desde aquí. Hazlo en tu primer mes, porque debe presentarse al menos dos meses antes de que se acaben tus 90 días. Si dejas que caduque tu estancia, ya no podrás hacerlo desde España.
  • Cuando trabajas con esta autorización no se cotiza por desempleo, así que ese trabajo no te genera derecho a paro.
  • El tiempo como estudiante cuenta, pero solo a medias: para la residencia de larga duración se computa el 50 %, y solo si cuando la pides ya estás en situación de residencia. Por eso conviene pasar a residencia y trabajo cuanto antes al terminar.
  • Si te deniegan el visado o la autorización, puedes presentar recurso de reposición en el plazo de un mes o ir directamente a los tribunales (recurso contencioso-administrativo) en el plazo de dos meses. Muchas veces sale antes volver a presentar la solicitud corrigiendo el fallo, por ejemplo el seguro o el dinero.
  • Si eres colombiano, el consulado en Bogotá no te cobra la tasa del visado de estudios. Los nacionales de otros países pagan allí en pesos colombianos. En el resto de consulados, consulta su página de tasas: se paga en moneda local y por reciprocidad la cifra puede ser distinta.
  • Si tu centro pierde el reconocimiento oficial, no pierdes tu situación: puedes terminar los estudios en otro centro reconocido. Si cambias de estudios o de ciudad, consulta antes en la Oficina de Extranjería.
  • Cuidado con las citas: tanto la de la Oficina de Extranjería como la de la Policía para la TIE son gratuitas. No pagues a nadie por conseguirlas.

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