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Tarjeta de crédito y préstamos para extranjeros en España (2026): revolving, CIRBE, ficheros de morosos y cómo reclamar

Revisada 13·10·202615 min de lectura

En resumen

Siendo extranjero puedes pedir una tarjeta de crédito o un préstamo con tu pasaporte, NIE o TIE: ningún banco está obligado a dártelo, pero tiene que estudiar tu solvencia (ingresos, trabajo, deudas) y no puede rechazarte solo por tu nacionalidad. Antes de pedirlo, consulta gratis tu informe de la CIRBE en el Banco de España (por internet suele tardar unos 15 minutos) y comprueba si estás en un fichero de morosos. Si firmas un crédito al consumo tienes 14 días naturales para echarte atrás sin dar explicaciones, y desconfía siempre de quien te pida dinero por adelantado para darte un préstamo: es una estafa.

Quién puede pedirlo
Cualquier persona identificada con pasaporte, NIE o TIE en vigor. El banco decide según tu capacidad de pago, y la ley le prohíbe discriminarte por tu nacionalidad o porque tengas o no residencia legal
Cuánto cuesta
Consultar tu CIRBE en el Banco de España y pedir tus datos a un fichero de morosos es gratis. El precio real de una tarjeta o préstamo lo marca la TAE, que incluye intereses y comisiones
Cuánto tarda
Informe CIRBE por internet: unos 15 minutos en día hábil (máximo legal 10 días hábiles). Fichero de morosos: te tienen que contestar en un mes. Para arrepentirte de un crédito al consumo: 14 días naturales
Dónde
En bancos y financieras. La CIRBE se pide en la sede electrónica del Banco de España (con certificado digital o Cl@ve), por correo o con cita en sus oficinas
Si algo sale mal
Reclama primero a la entidad y después, gratis, al Banco de España. Si el problema es un fichero de morosos, a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Si sospechas un fraude: línea 017 de INCIBE y denuncia en Policía o Guardia Civil

Qué tienes que hacer

  1. Elige el tipo de tarjeta que de verdad necesitas

    Hay cuatro tipos principales. La tarjeta de débito usa el dinero de tu cuenta y cada pago se descuenta al momento: es la más segura para empezar y viene con la cuenta. La de prepago o monedero solo te deja gastar lo que hayas cargado antes; es útil para comprar por internet porque, si te la roban, solo pierdes lo que tenga cargado. La tarjeta de crédito te presta dinero hasta un límite: si eliges pagar «a fin de mes» devuelves todo de una vez, normalmente sin intereses. Y la tarjeta revolving (o de pago aplazado) te deja devolver poco a poco con una cuota que tú fijas dentro de unos mínimos: cada cuota que pagas vuelve a liberar crédito, los intereses son altos y, con cuotas bajas, la deuda puede durar años. Antes de firmar, pregunta siempre qué modalidad de pago lleva la tarjeta por defecto.

  2. Prepara tu perfil: qué mira el banco para darte crédito

    La ley obliga a los bancos a evaluar tu solvencia antes de prestarte: tu situación laboral, tus ingresos y si son estables, tus ahorros, tus otras deudas y gastos fijos, y tu historial de pagos en la CIRBE del Banco de España y en los ficheros de morosos. Por eso, aunque basta el pasaporte para identificarte, en la práctica te pedirán el NIE, nóminas, contrato de trabajo y extractos de tu cuenta, y te será más fácil si llevas un tiempo cobrando la nómina en ese banco. Tu historial de pagos en tu país normalmente no aparece en los registros españoles, así que al principio tendrás poco «historial»: empieza con un límite pequeño y paga siempre a tiempo. Lo que el banco no puede hacer es negarte el crédito ni ponerte peores condiciones solo por tu nacionalidad o tu origen (Ley 15/2022 de igualdad de trato, artículo 17).

  3. Consulta gratis tu informe de la CIRBE

    La CIRBE (Central de Información de Riesgos del Banco de España) recoge los préstamos, tarjetas, avales y otras deudas que tienes con bancos, financieras y otras entidades que declaran en España, estés al día o no. No es un fichero de morosos, pero los bancos lo consultan cuando les pides crédito. Pedir tu informe es gratis: en la sede electrónica del Banco de España (trámite «Solicitud de informes de riesgos CIRBE») con certificado digital o Cl@ve avanzada, suele estar listo en unos 15 minutos si lo pides en día hábil y lo puedes descargar durante 20 días. Si no tienes certificado, rellena y firma el formulario FDU-031 y llévalo con cita previa a una oficina del Banco de España o envíalo por correo a Banco de España, Central de Información de Riesgos, calle Alcalá 48, 28014 Madrid, con copia de tu NIE o pasaporte; te lo envían por correo certificado. El plazo máximo es de 10 días hábiles. Verás el detalle de cada deuda cuando con una entidad debas más de 1.000 €.

  4. Comprueba si estás en un fichero de morosos (y sal si es un error)

    Los ficheros de morosos (sistemas de información crediticia) son privados y solo recogen deudas impagadas. Los más habituales son ASNEF-Equifax y el de Experian. Para que te incluyan, la deuda tiene que ser cierta, vencida y exigible, de más de 50 € de principal, te tienen que haber reclamado el pago antes y avisado de que podían incluirte, y no puede estar en una reclamación judicial o administrativa que hayas presentado. El fichero debe notificarte la inclusión y tus datos no pueden estar más de 5 años desde que venció la deuda. Para saber si estás, ejerce tu derecho de acceso por escrito ante cada fichero (la AEPD tiene un formulario): deben contestarte en un mes. Si la deuda no es tuya, ya la pagaste o no se cumplieron los requisitos, pide la supresión o rectificación a la empresa del fichero y al acreedor, con tus pruebas. Si en un mes no te contestan o te lo deniegan, presenta una reclamación gratuita ante la AEPD.

  5. Compara ofertas por la TAE y lee la información previa

    Antes de firmar un crédito al consumo, la entidad debe darte la Información Normalizada Europea (INE) con la TAE, el coste total, las cuotas y lo que pasa si no pagas, y explicártela de forma personalizada. Compara siempre la TAE, no el interés nominal ni la cuota mensual: una cuota baja puede esconder un préstamo carísimo. Cuidado también con los tipos que se anuncian «al mes»: un 1,5 % mensual equivale a un 18 % nominal anual. El Banco de España tiene simuladores gratuitos para calcular la TAE y la cuota. Si al final firmas y te arrepientes, tienes 14 días naturales desde la firma (o desde que recibes el contrato, si es más tarde) para desistir sin dar motivos: comunícalo por escrito y devuelve el dinero recibido más los intereses de esos días en un máximo de 30 días. Si tu préstamo llevaba un seguro asociado, también queda sin efecto. Y puedes devolver el préstamo antes de tiempo cuando quieras; la compensación al banco no puede pasar del 1 % de lo que adelantas (0,5 % si queda menos de un año).

  6. Si te ofrecen una revolving, exige lo que dice la ley

    Desde 2021, si una tarjeta tiene modalidad revolving, el banco tiene que darte antes de firmar un documento separado que diga claramente «revolving», si los intereses impagados generan más intereses, si pueden cambiarte la forma de pago y un ejemplo con al menos dos cuotas distintas. Al estudiar tu solvencia, la cuota tiene que permitir devolver al menos el 25 % del límite al año. Además, al menos cada tres meses te deben informar gratis de lo que debes, del interés, de cuándo acabarías de pagar y de cuánto pagarás en total con tu cuota actual; si tu cuota es muy baja, deben mostrarte cuánto ahorrarías subiéndola un 20, 50 o 100 % y qué cuota liquida la deuda en un año. Si te suben el límite, te lo tienen que avisar con un mes de antelación, y cualquier otro cambio de condiciones, con dos meses. Consejo práctico: si ya tienes una, sube la cuota todo lo que puedas o cámbiala a pago a fin de mes, y no la uses para sacar dinero del cajero.

  7. Préstamos rápidos y minicréditos: comprueba quién te presta

    Los créditos rápidos por internet o por teléfono se conceden casi sin papeles, pero se devuelven en muy poco tiempo y con intereses y comisiones muy altos, por lo que su TAE puede ser altísima. El Banco de España advierte de que la mayoría de las empresas que los conceden no están supervisadas por él, porque prestar dinero no es una actividad reservada a los bancos: búscalas en el Registro de Entidades del Banco de España antes de contratar. Ojo: los préstamos de menos de 200 € quedan fuera de la Ley 16/2011 de crédito al consumo, pero si los contratas a distancia (internet, teléfono) sigues teniendo 14 días naturales para desistir según la Ley 22/2007. No confundas estos préstamos con los «microcréditos» sociales, que son préstamos pequeños y en condiciones favorables para poner en marcha un proyecto o negocio, normalmente sin avales.

  8. Si quieres una hipoteca para comprar vivienda, conoce tus derechos

    Ser extranjero no te impide pedir una hipoteca: cada banco fija sus criterios (estabilidad de tu residencia y de tu trabajo, ahorro previo, ingresos) y normalmente no financia todo el precio ni los impuestos de la compra, que pagas tú. Lo que sí está regulado por la Ley 5/2019 es el proceso: al menos 10 días naturales antes de firmar, el banco debe entregarte la FEIN (oferta vinculante), la FiAE (advertencias sobre las cláusulas), el proyecto de contrato y el reparto de gastos. Después vas al notario que tú elijas, que te asesora gratis y levanta un acta (sin coste) como tarde el día antes de firmar. Pagas tú la tasación del piso; el banco paga la gestoría, el notario de la escritura del préstamo, el registro de la propiedad y el impuesto de actos jurídicos documentados de la hipoteca. Si te ofrecen el préstamo en una moneda distinta del euro o de aquella en la que cobras, tienes derecho a convertirlo y deben avisarte de los riesgos de cambio.

  9. Si no puedes pagar: negocia, revisa tu contrato y conoce la segunda oportunidad

    Habla con la entidad antes de dejar de pagar: un impago te puede costar intereses de demora, gastos de reclamación y la inclusión en un fichero de morosos. Revisa tus tarjetas revolving: el Tribunal Supremo considera usurario y nulo el interés que sea notablemente superior al normal del dinero, y con la Ley de Usura de 1908, si el contrato es nulo, solo devuelves el dinero que recibiste; lo pagado por encima se te devuelve. Si tus deudas ya no tienen solución, la «Ley de segunda oportunidad» (nació con la Ley 25/2015 y hoy está en el texto refundido de la Ley Concursal, reformado por la Ley 16/2022) permite a cualquier persona física de buena fe, sea o no autónoma, que un juez le perdone las deudas que no puede pagar, con un plan de pagos (normalmente de 3 años, o 5 si conservas tu vivienda habitual) o tras vender sus bienes. No se perdonan, entre otras, las pensiones de alimentos, las multas penales ni la responsabilidad civil por delito; las deudas con Hacienda y con la Seguridad Social solo hasta 10.000 € con cada una (los primeros 5.000 € enteros y el resto al 50 %). Necesitas abogado y procurador; si no tienes recursos, puedes pedir asistencia jurídica gratuita.

  10. Reclama: primero a la entidad, después al Banco de España

    Escribe al servicio de atención al cliente (o al defensor del cliente) de la entidad y guarda la prueba. Si no te contestan o no te dan la razón en 15 días hábiles (asuntos de pagos con tarjeta y transferencias) o en un mes (préstamos, tarjetas de crédito y demás), presenta gratis una reclamación al Banco de España por su sede electrónica, por correo (Departamento de Conducta de Entidades, calle Alcalá 48, 28014 Madrid) o en sus sucursales, con copia del contrato y de tu reclamación previa. Tienes un año desde que reclamaste a la entidad. Solo puedes reclamar así contra entidades supervisadas por el Banco de España. Si después quieres demandar, la resolución de tu reclamación ante el Banco de España sirve como el intento de negociación previo que exige desde 2025 la Ley Orgánica 1/2025 para poder ir a juicio. Para errores en la CIRBE, pide la rectificación por escrito al Banco de España: la entidad tiene 15 días hábiles para responder y, mientras, ese dato no se comunica a otros bancos.

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Ojo con esto

  • Revolving y usura: el Tribunal Supremo (sentencia de pleno 149/2020, de 4 de marzo) compara el interés de tu tarjeta con el tipo medio que publica el Banco de España para las tarjetas revolving en la fecha en que la firmaste, y en la sentencia 258/2023, de 15 de febrero, fijó que es «notablemente superior», y por tanto usurario, si supera ese tipo medio en más de 6 puntos. Además, en las sentencias 154/2025 y 155/2025, de 30 de enero, dijo que si no te explicaron con claridad antes de firmar cómo funciona la revolving (el interés alto, que el crédito se renueva solo y que con cuotas bajas apenas pagas capital), la cláusula de intereses puede ser abusiva y nula. Guarda contratos y extractos, pide a la entidad tu cuadro de amortización y el detalle de lo pagado (debe dártelo en 5 días hábiles) y no esperes: la nulidad no caduca, pero recuperar lo pagado de más sí puede prescribir.
  • Nunca pagues por adelantado para recibir un préstamo. El Banco de España avisa de ofertas de préstamos de entidades lejanas o desconocidas con condiciones demasiado buenas que piden adelantar dinero por «comisiones», «seguro», «gastos de gestión» o «abrir una cuenta»: el préstamo nunca llega y el dinero no se recupera. Otras señales: te escriben por WhatsApp, usan un correo gratuito, el contrato tiene faltas y sellos raros, o te piden enviar el dinero a una persona o a una cuenta en otro país. Si te pasó, llama gratis al 017 de INCIBE (todos los días de 8:00 a 23:00, también por WhatsApp al 900 116 117) y denuncia en la Policía o la Guardia Civil con todos los justificantes.
  • Si alguien usa tu tarjeta o te roban las claves (phishing por SMS, correo o llamada), avisa al banco en cuanto lo detectes para que la bloquee. Tienes como máximo 13 meses desde el cargo para reclamar una operación que no autorizaste; el banco te la debe devolver como tarde al final del día hábil siguiente, salvo sospecha fundada de fraude que comunique al Banco de España, y es el banco quien debe probar que actuaste con fraude o negligencia grave. Si te robaron o perdiste la tarjeta, como mucho pagas 50 € de lo gastado antes de avisar, salvo que hayas actuado con fraude o negligencia grave, como no custodiar tu PIN y tus claves. No entres nunca al banco desde un enlace recibido por SMS o correo: usa la app o escribe tú la dirección.
  • No prestes tu NIE, tu pasaporte ni tu certificado digital a nadie, ni seas avalista de un préstamo de un amigo o familiar si no puedes pagarlo tú: el avalista responde de la deuda, y aunque al deudor le perdonen las deudas con la segunda oportunidad, al avalista no. Si aparece a tu nombre una deuda que no es tuya (suplantación de identidad), denuncia en la Policía o la Guardia Civil y pide después la supresión de tus datos en el fichero de morosos.
  • Si ya pagaste la deuda y sigues en el fichero, la AEPD indica que deben sacarte de inmediato: el acreedor tiene una semana para comunicarlo. Envía tú también la petición de supresión al fichero con el justificante de pago. Antes de ir a la AEPD puedes probar la mediación gratuita de AUTOCONTROL (91 309 66 37, mediacion@autocontrol.es). Desconfía de empresas que cobran por «sacarte de ASNEF»: es un trámite que puedes hacer tú gratis.
  • Si un banco te niega un crédito por lo que ha visto en un fichero de morosos o en la CIRBE, está obligado a decírtelo gratis y a explicarte qué fichero consultó. Pídelo por escrito: así sabrás qué deuda corregir.
  • Cuidado con los intereses de demora y las comisiones por impago. Según el Banco de España, en una revolving el interés de demora no puede superar en más de dos puntos el interés nominal, y no debería cobrarse comisión por devolver un recibo domiciliado en otro banco. Revisa también si tu tarjeta lleva un seguro de pagos que no pediste: encarece la TAE y suele ser opcional.
  • La CIRBE no es instantánea: los bancos declaran los saldos a final de mes y el Banco de España los publica hacia el día 21 del mes siguiente. Si cancelas una deuda el 8 de noviembre, no dejará de aparecer hasta el informe que sale el 21 de diciembre. Tenlo en cuenta si vas a pedir una hipoteca.
  • Está en tramitación una nueva ley de crédito al consumo: el Gobierno aprobó el anteproyecto el 7 de enero de 2026 con límites al coste de los créditos (por ejemplo, un 4 % de interés mensual como máximo en los créditos de alto coste, un plazo mínimo de 3 cuotas mensuales y que solo puedan prestar entidades autorizadas por el Banco de España). A 13 de octubre de 2026 no está aprobada ni en vigor: desconfía de anuncios que digan que «ya no te pueden cobrar» más de cierto interés.
  • Si la empresa que te prestó no está supervisada por el Banco de España (muchas de préstamos rápidos o de «reunificación de deudas»), el Banco de España no puede tramitar tu reclamación: pide ayuda a la oficina de consumo de tu ayuntamiento o de tu comunidad autónoma. Y si necesitas abogado para reclamar una revolving o para la segunda oportunidad y tienes pocos ingresos, mira nuestra guía de abogados gratis.

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