Guía · Barcelona · Extranjería

Autorización de regreso en Barcelona y cómo seguir tu expediente de extranjería mientras viajas

Revisada 13·10·202611 min de lectura

En resumen

Si tu residencia está en renovación o perdiste la TIE y necesitas viajar, en Barcelona la autorización de regreso se pide con cita previa en la Brigada de Extranjería de la Policía Nacional de Rambla de Guipúscoa, 74. Cuesta 10,72 €, vale hasta 90 días y solo sirve para volver entrando por un aeropuerto o frontera de España. Mientras estás fuera, sigues tu expediente gratis en sede.administracionespublicas.gob.es/infoext2 o por SMS al 651 714 610, y revisas tus notificaciones electrónicas, porque un requerimiento sin contestar en 10 días hábiles puede archivar tu solicitud.

Dónde se pide en Barcelona
Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras, Rambla de Guipúscoa, 74 (Sant Martí). Solo con cita previa, de lunes a viernes de 9 a 14 h. Teléfono 932 951 071
Cuánto cuesta
10,72 € de tasa modelo 790 código 012 («Autorización de regreso»). La cita es gratis
Cuánto dura
Hasta 90 días con entradas y salidas ilimitadas, solo para entrar por pasos fronterizos españoles (El Prat, Barajas, puertos y fronteras de España)
Seguir tu expediente
sede.administracionespublicas.gob.es/infoext2, SMS gratis al 651 714 610 (NIE o EXPE más el número) o teléfono 902 02 22 22
Oficina de Extranjería de Barcelona
Pg. de Sant Joan, 189-193 y C/ Múrcia, 42. Teléfono 93 520 14 10. Preguntas escritas por el formulario ExtranjeriaCG, eligiendo «Consultas Extranjería Barcelona»
Si te dicen que no
Autorización de regreso: recurso de alzada en 1 mes. Expediente de residencia: reposición en 1 mes o contencioso-administrativo en 2 meses

Qué tienes que hacer

  1. Antes de comprar el billete, mira si puedes pedirla

    El artículo 5 del Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024) solo la permite en tres casos: tu residencia o estancia está en renovación o prórroga pedida dentro de plazo; tu TIE en vigor fue robada, perdida o destruida y ya pediste el duplicado; o te concedieron la primera autorización, aún no tienes la tarjeta y el viaje responde a una necesidad con razones excepcionales. Si tu primera solicitud (arraigo, reagrupación, regularización, cuenta ajena) sigue sin resolver, no existe autorización de regreso para ti y lo prudente es no salir de España. Los requisitos generales, el formulario y los errores típicos están en nuestra guía nacional de autorización de regreso.

  2. Ten el resguardo, el EX-13 y la tasa de 10,72 €

    Sin justificante de que pediste la renovación, la prórroga o el duplicado, no te la dan. En Barcelona muchas renovaciones se presentan por Mercurio (lo explicamos en la guía de renovación de residencia en Barcelona): descarga el justificante con número de registro. Si te robaron o perdiste la tarjeta, en Cataluña la denuncia se pone en los Mossos d'Esquadra (mossos.gencat.cat), no en la Policía Nacional; después pides el duplicado con cita de huellas, como explica nuestra guía de la TIE en Barcelona. Con el resguardo en la mano, rellena y firma el formulario EX-13 con los datos tal cual salen en tu pasaporte, genera la tasa en sede.policia.gob.es/Tasa790_012 marcando «Autorización de regreso» (10,72 €) y págala en cualquier banco o caja, sin necesidad de tener cuenta. Cada persona paga la suya, también los niños.

  3. Pide cita para Rambla de Guipúscoa, 74

    Entra en sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus, elige la provincia de Barcelona y el trámite de Policía de autorización de regreso. En el buscador oficial de la Policía Nacional, la única dependencia de la provincia que lista este trámite es la Brigada de Extranjería de Rambla de Guipúscoa, 74, «con cita previa». Las oficinas de Pg. de Sant Joan, 189 y C/ Múrcia, 42 no lo incluyen entre sus trámites ni en sus vías de cita, y las comisarías de L'Hospitalet, Badalona, Sabadell o Terrassa tampoco lo listan. Busca cita en cuanto tengas el resguardo: no esperes a tener el vuelo encima.

  4. Si el viaje es urgente por un familiar enfermo o fallecido, demuéstralo

    El reglamento obliga a tramitarla con carácter preferente cuando el viaje responde a una situación de necesidad. Lleva pruebas claras y recientes: informe médico del familiar o certificado de defunción, documento que pruebe el parentesco (partida de nacimiento, por ejemplo) y la reserva del vuelo. La Policía no publica en Barcelona un canal especial de urgencias, así que pide la cita normal e insiste en la urgencia el día de la cita. Si ya te concedieron la primera autorización pero aún no tienes la TIE, esa necesidad excepcional es el requisito sin el cual te la deniegan.

  5. Acude a la cita con todo y revisa el documento

    Lleva el EX-13 firmado (original y copia), el pasaporte, la tasa pagada, el resguardo del trámite principal, la TIE caducada o la denuncia si la tienes, y las pruebas de urgencia. Pregunta allí mismo si te la entregan en el momento o cuándo y cómo recogerla: la Policía no publica un plazo máximo y, si no te contestan, la ley lo considera una denegación. Antes de irte, revisa nombre, número de pasaporte y fecha de vigencia.

  6. Organiza el viaje para volver directo a España

    La autorización solo vale para entrar por un paso fronterizo español. Vuelos directos a El Prat o a Barajas desde Bogotá, Lima, Santo Domingo o Buenos Aires son correctos; una escala en París, Ámsterdam, Fráncfort o Lisboa te obliga a entrar en Schengen allí y pueden no dejarte pasar. Calcula los 90 días bien: si la pediste antes de que caducara tu tarjeta, cuentan desde la caducidad; si la pediste después, desde que te la concedieron. Viaja con pasaporte, autorización de regreso, resguardo de la renovación y tarjeta antigua.

  7. Sigue tu expediente desde fuera

    Entra en sede.administracionespublicas.gob.es/infoext2 con Cl@ve, certificado digital (idCAT o FNMT) o con el formulario (NIE o número de expediente de 15 caracteres, fecha de presentación y año de nacimiento). También puedes enviar un SMS al 651 714 610 con «NIE Y00000123K» o «EXPE» y tu número de expediente, dejando un espacio. La respuesta es solo informativa. Si tienes Cl@ve o certificado, mira además «Mis expedientes» y «Mis notificaciones» en la misma sede, y la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú, dehu.redsara.es).

  8. Entiende qué te dice la consulta

    La web oficial no publica un glosario de estados, así que léelos con cautela. «En trámite» significa que la oficina tiene tu solicitud y aún no ha decidido; el plazo general es de 3 meses. Si ves que te piden documentación, busca enseguida el requerimiento en tus notificaciones: mientras no contestas, el plazo de la oficina queda parado. «Resuelto» o «Resuelto favorable» no te da derechos hasta que recibes la resolución notificada, así que no compres billetes ni dejes un trabajo solo por lo que diga la consulta. Lo que significa cada estado y el silencio administrativo lo explica a fondo nuestra guía de consulta del expediente de extranjería.

  9. Si te llega un requerimiento, contesta en 10 días hábiles

    Tienes 10 días hábiles desde el día siguiente a la notificación; si no contestas, archivan tu solicitud. Si la notificación es electrónica y no la abres en 10 días naturales, se da por rechazada y el plazo corre igual, aunque estés de viaje. Desde fuera, lo más práctico es aportar los papeles por Mercurio («Aportación de documentación», con certificado digital). En Barcelona, en papel, puedes presentarlos en la Oficina de Registro de la Delegación del Gobierno, C/ Bergara, 12, pidiendo día y hora por correo a REGISTROEXTRANJERIAOAMR-dg.cat@correo.gob.es (solo personas no obligadas a la vía electrónica).

  10. Pregunta a la Oficina y recurre a tiempo si te deniegan

    Para dudas sobre tu expediente usa el formulario sede.administracionespublicas.gob.es/ayuda/consulta/ExtranjeriaCG, oficina «Consultas Extranjería Barcelona», con tu número de expediente; para seguir la respuesta, usa «Seguir una consulta» y no abras otra. El teléfono de la Oficina es el 93 520 14 10. Si te deniegan la autorización de regreso, esa resolución no pone fin a la vía administrativa: cabe recurso de alzada ante el superior jerárquico en 1 mes. Si te deniegan la residencia, tienes reposición en 1 mes o contencioso en 2 meses; para orientación gratis mira nuestra guía de abogados gratis en Barcelona.

Lista de documentos

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Ojo con esto

  • El resguardo de la renovación, solo, no sirve para volar. Las aerolíneas no embarcan a quien no lleva tarjeta en vigor o autorización de regreso, y en el control de El Prat te la pedirán.
  • Nada de escalas en otro país Schengen a la vuelta. Si el único vuelo barato pasa por Madrid, perfecto; si pasa por París, Ámsterdam o Lisboa, busca otro.
  • No vayas a Pg. de Sant Joan ni a C/ Múrcia a pedirla. Son las Oficinas de Extranjería que resuelven residencias; la autorización de regreso la da la Policía Nacional en Rambla de Guipúscoa, 74, con cita.
  • Si tu primera solicitud está en trámite (arraigo, regularización extraordinaria, reagrupación), no salgas de España. No hay autorización de regreso para ese caso y un viaje puede costarte la solicitud.
  • En verano la Policía ha dictado otros años instrucciones temporales para entrar por tierra o mar con la tarjeta caducada y la renovación pedida. Nunca han cubierto los viajes en avión, que son los que hacen casi todos los latinoamericanos, así que no cuentes con ellas.
  • Las notificaciones en papel se intentan entregar dos veces en tu domicilio y, si nadie las recoge, se publican en el BOE. Si vas a estar fuera varias semanas, pon tu nombre en el buzón, deja a alguien pendiente o usa la notificación electrónica y revísala cada semana.
  • «Resuelto favorable» en la consulta no es la resolución. Si la recibes estando fuera, recuerda que desde la notificación tienes 1 mes para pedir la TIE en una comisaría; en Barcelona la Policía está probando asignar la cita de huellas automáticamente en parte de los expedientes (lo contamos en la guía de la TIE en Barcelona).
  • Si tienes residencia no lucrativa, un viaje largo puede hacerte incumplir los 183 días al año en España que te exigen para renovarla.
  • La cita es gratis y la única tasa oficial es la de 10,72 €. Nadie puede venderte una cita en Guipúscoa ni «acelerar» tu expediente pagando. No des tu Cl@ve ni tu certificado digital a terceros.

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