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Explotación laboral y trata de personas en España 2026: señales, a quién llamar y tus derechos aunque no tengas papeles

Revisada 02·11·202612 min de lectura

En resumen

Si te han quitado el pasaporte, te obligan a pagar una deuda que no para de crecer, no te dejan salir o trabajas sin cobrar, puedes ser víctima de explotación laboral o de trata, y la ley te protege aunque estés sin papeles. En una emergencia llama al 112, al 091 (Policía Nacional) o al 062 (Guardia Civil); para trata existe el teléfono gratuito del Ministerio del Interior 900 10 50 90, y ONG como Proyecto Esperanza (607 542 515) y APRAMP (609 589 479) atienden las 24 horas. Si la Policía ve indicios de trata, no te pueden expulsar mientras te identifican y tienes derecho a un periodo de restablecimiento y reflexión de al menos 90 días; después puedes conseguir una autorización de residencia y trabajo de 5 años. La ayuda de las ONG, el abogado de oficio para víctimas de trata y la denuncia ante la Inspección de Trabajo son gratuitos.

Emergencia
112, 091 (Policía Nacional) o 062 (Guardia Civil)
Teléfono contra la trata
900 10 50 90 del Ministerio del Interior, gratuito. El 016 también deriva a este número los casos de trata con fines de explotación sexual
ONG con teléfono 24 horas
Proyecto Esperanza (Adoratrices): 607 542 515. APRAMP: 609 589 479
Explotación laboral
Denuncia confidencial ante la Inspección de Trabajo con tu pasaporte, o aviso anónimo en el buzón de la ITSS
Periodo de reflexión
Al menos 90 días con estancia autorizada y sin expulsión (art. 59 bis Ley de Extranjería y art. 150 del Reglamento RD 1155/2024)
Papeles para víctimas
Autorización provisional de residencia y trabajo y, si se concede la definitiva, 5 años para trabajar en cualquier sector de España
Cuánto cuesta pedir ayuda
Nada. Abogado gratuito para víctimas de trata sin importar tus ingresos (art. 2 Ley 1/1996)

Qué tienes que hacer

  1. Reconoce las señales de explotación y de trata

    La trata (artículo 177 bis del Código Penal) es captar, trasladar o recibir a una persona con violencia, amenazas, engaño o aprovechándose de su necesidad o vulnerabilidad, para explotarla en trabajos forzados, servidumbre, mendicidad, prostitución, actividades delictivas, matrimonios forzados o extracción de órganos. La ley dice que hay vulnerabilidad cuando la persona no tiene otra alternativa real o aceptable que someterse al abuso. Señales típicas: te quitaron o «guardan» el pasaporte; te dicen que debes el viaje, el alojamiento o la comida y la deuda no baja nunca; vives donde trabajas y no puedes salir sola o solo; no te pagan, te pagan mucho menos de lo prometido o te descuentan casi todo; trabajas jornadas eternas sin descanso; te amenazan con la Policía, con la deportación o con hacer daño a tu familia en tu país; te prometieron un trabajo distinto al que haces. Aunque no se cumplan todas, con una o dos ya merece la pena pedir ayuda.

  2. Si estás en peligro ahora, llama a emergencias

    Si te retienen, te amenazan o alguien está herido, llama al 112, al 091 (Policía Nacional) o al 062 (Guardia Civil). Explica dónde estás aunque no sepas la dirección exacta: el nombre del pueblo, una finca, un comercio cercano. Que no tengas papeles no impide que te protejan: según el Reglamento de Extranjería, desde que hay indicios de trata se suspende cualquier expediente de expulsión y la Policía debe velar por tu seguridad.

  3. Llama al 900 10 50 90 si sospechas que es trata

    El 900 10 50 90 es el teléfono del Ministerio del Interior para casos de trata; es un número gratuito. Puedes llamar tú o cualquier persona que sospeche que alguien es víctima (una vecina, un compañero de trabajo, un familiar). El 016, servicio gratuito de atención a la violencia contra las mujeres que funciona las 24 horas y atiende en 53 idiomas, también recibe estas llamadas y deriva al 900 10 50 90 los casos de trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual. El Reglamento obliga a quien tenga noticia de una posible víctima a avisar a la Policía, a la Delegación o Subdelegación del Gobierno o a la Inspección de Trabajo.

  4. Habla con una ONG especializada antes o a la vez

    Si te da miedo ir directamente a la Policía, empieza por una ONG: te escuchan sin juzgarte, te explican tus opciones y pueden acompañarte. Proyecto Esperanza (Adoratrices) atiende el 607 542 515 las 24 horas, los 365 días, y ofrece alojamiento, apoyo jurídico, atención de salud, ayuda para buscar trabajo y retorno voluntario si quieres volver a tu país. APRAMP atiende urgencias en el 609 589 479 (24 horas) y tiene sede en Madrid (calle Jardines 17, teléfono 915 303 287) y en Salamanca, Asturias, Almería, Murcia y Badajoz, y orienta por teléfono desde cualquier lugar de España. La Fundación Cruz Blanca tiene un programa estatal contra la trata y trabaja con víctimas de explotación laboral, por ejemplo en campañas agrícolas. Las ONG pueden aportar informes a la Policía que cuentan para tu identificación como víctima.

  5. Denuncia la explotación laboral en la Inspección de Trabajo

    Si no es trata pero trabajas sin contrato, sin cobrar o en condiciones abusivas, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) investiga incumplimientos laborales, de Seguridad Social y de trabajo de extranjeros. Tienes dos vías. La denuncia formal: te identificas con DNI, NIE o pasaporte, rellenas el escrito IP-107 (hay versión en varios idiomas) y lo entregas en la Inspección Provincial, por correo postal o por la sede electrónica; la Inspección está obligada a no revelar tu identidad a la empresa. El buzón de la ITSS (oeitss.mites.gob.es/buzonitss): permite avisar de forma anónima, pero no te da la condición de denunciante. Si luego quieres papeles por colaborar, lo que cuenta es la denuncia formal y el acta de infracción que levante la Inspección.

  6. Prepárate para la entrevista de identificación

    Si la Policía cree que hay motivos razonables de que eres víctima de trata, debe informarte por escrito, en un idioma que entiendas y con intérprete si hace falta, de tus derechos. La entrevista la hacen agentes con formación específica, en condiciones adecuadas, sin personas del entorno de los explotadores y, en lo posible, con apoyo jurídico, psicológico y social. Puedes ir acompañada o acompañado de la ONG. Durante toda la fase de identificación el expediente de expulsión queda suspendido. Lleva lo que tengas: fotos de tu pasaporte, mensajes, audios, nombres, direcciones y pagos.

  7. Pide el periodo de restablecimiento y reflexión

    Es un tiempo para recuperarte y decidir con calma si colaboras con la Policía o la Justicia (artículo 59 bis de la Ley de Extranjería y artículo 150 del Reglamento aprobado por el RD 1155/2024). Con tu conformidad, la unidad de extranjería envía la propuesta a la Delegación o Subdelegación del Gobierno en un máximo de 48 horas; la Delegación resuelve en 5 días (24 horas si estás en un CIE, Centro de Internamiento de Extranjeros) y, si no contesta en ese plazo, se entiende concedido. Dura al menos 90 días, te autoriza a estar en España, suspende la expulsión y, si estabas en un CIE, supone pedir tu puesta en libertad. Las administraciones deben garantizar tu subsistencia y tu seguridad y las de tus hijos menores o con discapacidad que estén en España.

  8. Solicita la residencia y trabajo por circunstancias excepcionales

    Tras el periodo de reflexión, la Delegación del Gobierno puede declararte exenta o exento de responsabilidad por estar sin papeles, bien porque colaboras en la investigación, bien por tu situación personal (la exención por situación personal la puede decidir la Delegación de oficio, aunque no colabores). Entonces te informan de que puedes pedir la autorización de residencia y trabajo; la solicitud se presenta en esa Delegación o Subdelegación, en persona o mediante representante, con copia del pasaporte, y te pueden eximir de los documentos que te pongan en riesgo. Si el informe es favorable, recibes una autorización provisional que te deja trabajar en cualquier sector y lugar de España; tienes 1 mes para pedir la TIE. Si se concede la definitiva, dura 5 años y ese tiempo cuenta para la residencia de larga duración. La tarjeta no dice que eres víctima. Tus hijos y tus padres que estén en España pueden recibir una autorización por razones humanitarias.

  9. Si fue explotación sin trata, usa las otras vías de colaboración

    El artículo 59 de la Ley de Extranjería protege también a la persona sin papeles que es víctima, perjudicada o testigo de explotación laboral, tráfico ilegal de mano de obra, inmigración ilegal o explotación en la prostitución, si denuncia a los autores o colabora con las autoridades: no la expulsan y puede obtener una autorización provisional y luego una de 5 años (artículos 143 y 144 del Reglamento). Además, el artículo 129.2 del Reglamento permite a la Delegación del Gobierno dar una autorización por colaborar con la administración laboral o un juzgado si demuestras que trabajaste en situación irregular al menos 6 meses en los 2 años anteriores; se acompaña del acta de infracción de la Inspección de Trabajo o de la resolución judicial.

  10. Reclama lo que te deben

    Trabajar sin autorización no anula tus derechos laborales: el artículo 36.5 de la Ley de Extranjería dice que la falta de permiso no invalida el contrato respecto a los derechos del trabajador extranjero, así que puedes reclamar salarios y otras prestaciones (no el paro). Imponer condiciones abusivas con engaño o aprovechándose de la necesidad es delito (artículo 311 del Código Penal), y también lo es emplear a extranjeros sin permiso en condiciones que recorten sus derechos (artículo 312). Las víctimas de trata tienen derecho a abogado gratuito de inmediato, sin importar sus ingresos, en los procesos relacionados con su condición de víctima, incluido el asesoramiento justo antes de denunciar (Ley 1/1996, artículos 2 y 6).

  11. Pide ayudas y reúne a tu familia

    Las víctimas de trata y explotación sexual pueden pedir el Ingreso Mínimo Vital sin el año previo de residencia legal que se exige al resto, desde los 18 años, y acreditar la residencia con la autorización provisional; la condición de víctima se prueba con un informe de los servicios públicos de atención a víctimas o de servicios sociales (Ley 19/2021, artículos 10 y 21). Si tus hijos siguen en tu país, cuando te declaren exenta o exento de responsabilidad puedes reagruparlos sin demostrar medios económicos, vivienda ni residencia previa (artículos 147 y 155 del Reglamento). Si prefieres volver, puedes pedir el retorno asistido en cualquier momento, con evaluación de riesgos, transporte y acompañamiento.

  12. Sigue la futura ley contra la trata

    A 2 de noviembre de 2026 España no tiene todavía una ley integral contra la trata: el Gobierno la incluyó en su Plan Anual Normativo 2026, pero sigue sin aprobarse y las ONG la siguen reclamando. Mientras tanto, se aplican la Ley de Extranjería (artículos 59 y 59 bis), el Reglamento de Extranjería de 2024 (artículos 143 a 155) y el Código Penal (artículo 177 bis). Si la ley se aprueba, puede ampliar tus derechos; pregunta a tu ONG si algo ha cambiado.

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Ojo con esto

  • Ningún empleador necesita quedarse con tu pasaporte. Si lo «guarda» él, es una de las señales más claras de explotación; para sacar uno nuevo, acude al consulado de tu país.
  • Una deuda por el viaje o por el alojamiento que nunca termina de pagarse no es un préstamo: es un método de control. No tienes obligación de seguir trabajando para pagarla.
  • Apunta todo lo que puedas: dirección del trabajo y de la vivienda, nombres o apodos, matrículas, horarios, cuánto te pagaron y cuándo. Guárdalo en un lugar que ellos no vean o envíatelo a alguien de confianza.
  • Antes de aceptar una oferta de trabajo en España que te llega por redes o por un conocido, desconfía si te piden pagar el viaje, entregar tu pasaporte o firmar un contrato que no entiendes.
  • En la entrevista con la Policía tienes derecho a intérprete y a que te expliquen tus derechos por escrito. No firmes nada que no entiendas; pide que esté la ONG.
  • No hace falta ser mujer ni estar en la prostitución para ser víctima de trata: también hay trata para trabajo en el campo, la construcción, el servicio doméstico, la hostelería o la mendicidad, y afecta a hombres.
  • Si eres testigo (vecina, compañero, cliente), llama al 900 10 50 90 o a una ONG; no te enfrentes tú a los explotadores.
  • Para otros caminos a los papeles sin visado (razones humanitarias, víctimas de violencia de género o sexual, arraigo) consulta nuestra guía de circunstancias excepcionales.

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